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¿A cuánto ascendería la multa de una compañía aérea si los funcionarios de inmigración del país de destino me deniegan la entrada?

He leído en este responder por Anish Sheela :

Firmar el formulario de indemnización diciendo que acepta la responsabilidad personal de pagar la multa impuesta a la compañía aérea, en caso de que se le deniegue.

¿Cómo puedo saber cuánto se multará a una compañía aérea si los funcionarios de inmigración del país de destino me niegan la entrada?

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Sólo para tener en cuenta que sólo si la aerolínea está razonablemente segura de que se me permitirá la entrada, obtendré ese formulario. Por ejemplo, si pido el formulario sin visado, lo que significa que es seguro que me lo denegarán, no me dejarán embarcar y no me darán un formulario.

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Mi caso era específico en cuanto a que el pasaporte estaba ligeramente dañado.

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sdfwer Puntos 13

Tendría que buscar las leyes pertinentes en el país en cuestión, lo que podría requerir alguna investigación y muy posiblemente una traducción. Por ejemplo, en el caso de Estados Unidos, creo que es de hasta 4.300 dólares -ahora 5.340 dólares-, pero hay una serie de programas que pueden dar lugar a la exención de las multas para las compañías aéreas en algunas circunstancias. Este documento enumera una amplia media de 3.500 dólares por pasajero, pero señala que pueden llegar a los 10.000 euros. La aerolínea suele intentar que se le exima de la multa o se le rebaje si demuestra que ha hecho esfuerzos razonables para verificar los documentos requeridos.

Tenga en cuenta que la multa suele imponerse si la aerolínea no ha verificado adecuadamente sus documentos de viaje, y no si simplemente se le deniega la entrada en general por razones totalmente ajenas al conocimiento o control de la aerolínea. En cualquier caso, la aerolínea puede ser responsable de su transporte de vuelta, de los costes que puede intentar recuperar de usted y/o de los fondos pendientes de su billete de avión (por ejemplo, si compró un billete de ida y vuelta).

Pero un formulario de indemnización no viene al caso por varias razones:

  • Es probable que ya haya aceptado indemnizar a la compañía aérea por las multas de inmigración derivadas de su viaje. Es una disposición habitual en los contratos de transporte de las aerolíneas.
  • Estas formas son bastante infrecuentes y no suelen ser una opción. Aunque existen, al menos en el caso de una compañía aérea ( Qatar ), el objetivo de los requisitos de los documentos de viaje es evitar que los viajeros no autorizados suban a un avión en primer lugar, no cobrar multas. Si todo el mundo pudiera firmar un formulario para que se le permitiera embarcar sin los documentos adecuados, los regímenes de visado se volverían bastante inútiles. Los países no quieren que alguien que, por ejemplo, planea solicitar asilo, pueda volar a su país sin visado simplemente porque ha firmado un formulario. Es posible que algunas aerolíneas te dejen firmar ese formulario en algunas circunstancias inusuales en las que tus documentos estén presentes pero sean cuestionables, pero lo más probable es que te denieguen el embarque si no aceptan tus documentos de viaje.
  • La compañía aérea no tiene una idea real de su capacidad para pagar la multa y tiene medios limitados para cobrarla. Si la multa es algo más que una posibilidad teórica, es posible que prefieran denegar el embarque a pedirle que se comprometa a pagar una suma que quizá ni siquiera tenga.

Es posible que también haya otros costes: un billete de vuelta, tasas de detención, una multa que debes directamente al país, etc.

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El tema del asilo es la clave aquí: la gente paga enormes sumas de dinero para ser llevada de contrabando a un país para pedir asilo, como decenas de miles de dólares. Si en lugar de ello pudieran comprar un billete y firmar una renuncia a la indemnización (o cubrir la indemnización por adelantado), volveríamos al punto de partida y lo único que sucedería es que se establecerían nuevas normas para impedirlo.

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El segundo párrafo suele pasarse por alto. No sólo no es razonable multar a una aerolínea si a alguien se le niega la entrada por algo que la aerolínea no podía saber, sino que la imposición de tales multas haría que las aerolíneas empezaran a interrogar a los pasajeros sobre sus finanzas, sus antecedentes penales, incluso su propósito declarado de viajar.

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Técnicamente, la Convención de la ONU sobre los Refugiados de 1967 obligaría al Estado de destino a no devolver a ningún refugiado legítimo (non-refoulement, véase la es.wikipedia.org/wiki/Non-refoulement ). Pero al redactar las reglas de las aerolíneas de tal manera que la aerolínea tiene que comprobar por adelantado si un refugiado sería legítimo, o asumir el coste de devolver a la persona, la aerolínea tiene cualquier razón para denegar el embarque por defecto. Es una forma de eludir el inconveniente del derecho internacional mediante incentivos comerciales.

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Harper Puntos 131

Tenga en cuenta que la compañía aérea sólo está obligada a comprobar que sus papeles están en regla. La compañía aérea se libra (excepto de la obligación de llevarte de vuelta) si te rechazan por otros problemas imprevisibles, como estropear la entrevista de entrada. Por ejemplo, si llegas, dices que estás allí de vacaciones, te inspeccionan las maletas y te encuentran ropa de trabajo y 25 copias de tu CV.

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