Había planeado estar en el norte de Italia la semana próxima y había pagado por adelantado el alojamiento (apartamento en lugar de hotel, pagado por transferencia bancaria en lugar de CC en su totalidad). Con la prohibición de viajar en vigor pedí un reembolso pero me dijeron que podía tener crédito para quedarme en el mismo lugar dentro de un año ya que una situación de "fuerza mayor" no concede reembolsos.
No estoy de acuerdo con ningún término que mencione esto, ni su sitio web lo menciona en ninguna parte. Mi creencia es que no puedo, por lo tanto, ser retenido por sus términos no escritos.
Entonces, la pregunta. ¿Hay algún término implícito relacionado con la vivienda que sea legalmente vinculante y que se aplique correctamente en Italia?