Preguntas frecuentes del Estado de Nueva York sobre conductores y peatones :
Preguntas frecuentes y leyes
Peatones
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¿Cuál es la mejor manera de utilizar una señal de tráfico para peatones?
Un peatón tiene el derecho de paso cuando la señal de peatones muestra una señal fija de "Caminar" o el símbolo de una persona.
Un peatón no debe cruzar la carretera si hay una señal de "No caminar" o un símbolo de mano levantada.
Cuando parpadee una señal de "No caminar" o el símbolo de la mano levantada, los peatones que ya hayan comenzado a cruzar la calle deberán continuar hacia el otro lado. Los peatones que aún no han comenzado a cruzar la calle deben esperar hasta el siguiente ciclo de "Caminar".
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¿Qué se considera un paso de peatones?
Un paso de peatones es cualquier zona claramente indicada para el cruce de peatones mediante líneas u otras marcas en el pavimento.
Un paso de peatones también es cualquier parte de la carretera en una intersección entre los bordillos de los lados opuestos de la calzada o, si no hay bordillos, entre los bordes de la carretera. Esta zona se considera un paso de peatones, esté o no marcada como tal.
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¿Cómo debe utilizarse un paso de peatones?
Cuando no haya señales para peatones en una intersección, espere a que el tráfico de vehículos tenga luz verde en la misma dirección en la que usted viaja y cruce delante del tráfico detenido. No cruce delante del tráfico que tiene luz verde.
Si hay un paso de peatones en un lugar donde no hay señales de control de tráfico para los conductores o los peatones, los conductores deben ceder el derecho de paso a los peatones.
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¿Y si no hay un paso de peatones señalizado?
Si no hay pasos de peatones, el lugar más seguro para que los peatones crucen la carretera es una intersección. Los automovilistas tienen el derecho de paso en todos los lugares que no sean intersecciones y pasos de peatones marcados.
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¿Están los peatones obligados a utilizar una acera si se proporciona una?
Sí. En los lugares en los que hay aceras y se pueden utilizar con seguridad, los peatones deben utilizar la acera en lugar de caminar por la calzada.
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¿Quién tiene el derecho de paso cuando un coche está entrando o saliendo del tráfico a través de una acera?
Los peatones sí. El conductor de un vehículo que salga o entre en un callejón, edificio, calle privada o camino de entrada debe ceder el derecho de paso a cualquier peatón que se acerque por cualquier acera o arcén.
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Si no hay acera, ¿debe un peatón caminar por el arcén de la carretera de cara al tráfico que se aproxima o de espaldas al tráfico que se aproxima?
Los peatones deben caminar por el arcén de cara al tráfico que viene en sentido contrario porque así son más visibles para los automovilistas y les ayuda a estar atentos al tráfico. Manténgase lo más a la izquierda posible.
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¿Se permite la circulación de peatones en las autopistas estatales o en las carreteras interestatales, incluidas las rampas de entrada y salida?
No. Los peatones no están permitidos en las carreteras de acceso limitado, como las autopistas y las interestatales, ni en las rampas de entrada o salida de esas carreteras.
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¿Cómo deben cruzar los peatones la carretera en las rotondas?
Los peatones deben cruzar las rotondas de una "isla divisoria" a la siguiente. Las islas divisorias ofrecen un refugio seguro entre los dos sentidos de circulación, lo que permite al peatón concentrarse en el tráfico que viene de un solo sentido a la vez. Nunca cruce hacia la isla central de una rotonda.
Conductores
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¿Cuándo tienen los peatones el derecho de paso?
Los peatones tienen el derecho de paso en todos los pasos de peatones y en las intersecciones con pasos de peatones marcados o no marcados.
Si una intersección está dotada de un semáforo para peatones, éstos deben cruzar durante la fase de "paseo" del semáforo.
*Nota: un peatón obtendrá una señal de "Caminar" para ir en la misma dirección en la que se dirigen los automovilistas cuando tengan una señal verde. Los automovilistas que giran a la derecha o a la izquierda en una intersección deben buscar siempre a los peatones y cederles el derecho de paso. Los peatones tienen el derecho de paso en las intersecciones, incluso si los conductores tienen la luz verde.
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¿Quién tiene el derecho de paso cuando entro o salgo de la carretera?
Los peatones sí. El conductor de un vehículo que salga o entre en un callejón, edificio, calle privada o camino de entrada deberá ceder el derecho de paso a cualquier peatón que se acerque por cualquier acera o arcén.
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¿Qué se considera un paso de peatones?
Un paso de peatones es cualquier zona claramente indicada para el cruce de peatones mediante líneas u otras marcas en el pavimento.
Un paso de peatones también es cualquier parte de la carretera en una intersección entre los bordillos de los lados opuestos de la calzada o, si no hay bordillos, entre los bordes de la carretera. Esta zona se considera un paso de peatones, esté o no señalizada.
SECCIONES DE LA LEY DE VEHÍCULOS Y TRÁFICO RELATIVAS A LOS PEATONES
DEFINICIONES:
Sección 110. Cruce de caminos.
(a) La parte de una calzada en una intersección incluida dentro de las conexiones de las líneas laterales de las aceras en lados opuestos de la carretera entre los bordillos o, en ausencia de bordillos, entre los bordes de la calzada transitable.
(b) Cualquier parte de una calzada en una intersección o en cualquier otro lugar claramente indicada para el cruce de peatones mediante líneas u otras marcas en la superficie.
Sección 130. Peatón. Cualquier persona a pie o en silla de ruedas.
Sección 1112. Indicaciones de señales de control de peatones. Siempre que los peatones estén controlados por señales de control de peatones que exhiban las palabras "CAMINAR" o "NO CAMINAR", o que exhiban símbolos de una persona caminando o una mano levantada, dichas señales indicarán y se aplicarán a los peatones de la siguiente manera:
(a) Caminata constante o persona que camina. Los peatones que se encuentren frente a dicha señal podrán atravesar la calzada en el sentido de la misma y tendrán derecho de paso ante el resto del tráfico.
(b) Parpadeo de NO CAMINAR o mano levantada. Ningún peatón empezará a cruzar la calzada en la dirección de dicha señal, pero los peatones que hayan completado parcialmente su cruce con la señal de CAMINAR o de persona caminando deberán dirigirse a una acera o isla de seguridad mientras se muestre la señal intermitente de NO CAMINAR o de mano levantada.
(c) No camine ni levante la mano. Ningún peatón comenzará a cruzar la calzada en la dirección de dicha señal, pero cualquier peatón que haya completado parcialmente su cruce con la señal de CAMINO o de NO CAMINAR intermitente deberá dirigirse a una acera o isla de seguridad mientras se muestre la señal de NO CAMINAR fija.
INTERSECCIONES
Sección 1142. Vehículo que entra en la intersección de parada o ceda el paso.
(b) El conductor de un vehículo que se acerque a una señal de ceda el paso deberá reducir la velocidad a una velocidad razonable para las condiciones existentes, o se detendrá si es necesario, tal y como se establece en la sección mil ciento setenta y dos, y cederá el derecho de paso a cualquier peatón que cruce legalmente la calzada por la que circula, así como a cualquier vehículo que se encuentre en la intersección o que se aproxime por otra carretera de forma que constituya un peligro inmediato durante el tiempo que dicho conductor se desplace por la intersección o dentro de ella. Sin embargo, si dicho conductor se ve involucrado en una colisión con un peatón en un paso de peatones o un vehículo en la intersección después de conducir más allá de una señal de ceder el paso sin detenerse, dicha colisión se considerará evidencia prima facie de su falta de ceder el derecho de paso.
CUIDADO DEBIDO
Sección 1146. Los conductores deben tener la debida precaución. Sin perjuicio de las disposiciones de cualquier otra ley en sentido contrario, todo conductor de un vehículo deberá tener la debida precaución para evitar colisionar con cualquier ciclista, peatón o animal doméstico en cualquier calzada y deberá advertirlo haciendo sonar la bocina cuando sea necesario.
DERECHOS Y DEBERES DE LOS PEATONES ARTÍCULO 27
Sección 1150. Los peatones están sujetos a las normas de tráfico. Los peatones estarán sujetos a las señales de control de tráfico según lo dispuesto en la sección mil ciento once de este título, pero en todos los demás lugares los peatones gozarán de los privilegios y estarán sujetos a las restricciones establecidas en este artículo.
Sección 1151. Derecho de paso de los peatones en los pasos de peatones.
(a) Cuando no haya señales de control de tráfico o no estén en funcionamiento, el conductor de un vehículo deberá ceder el derecho de paso, reduciendo la velocidad o deteniéndose si es necesario para cederlo, a un peatón que cruce la calzada dentro de un paso de peatones en la calzada por la que circule el vehículo, salvo que cualquier peatón que cruce una calzada en un punto en el que se haya instalado un túnel o paso elevado para peatones deberá ceder el derecho de paso a todos los vehículos.
(b) Ningún peatón abandonará repentinamente un bordillo u otro lugar de seguridad y caminará o correrá hacia la trayectoria de un vehículo que esté tan cerca que sea impracticable para el conductor ceder el paso.
(c) Cuando un vehículo se detenga en un paso de peatones señalizado o en cualquier paso de peatones no señalizado en una intersección para permitir que un peatón cruce la calzada, el conductor de cualquier otro vehículo que se acerque por detrás no deberá adelantar y rebasar a dicho vehículo detenido.
Sección 1151-a. Derecho de paso de los peatones en las aceras. El conductor de un vehículo que salga o entre en un callejón, edificio, carretera privada o camino de entrada deberá ceder el derecho de paso a cualquier peatón que se acerque por cualquier acera que se extienda a través de dicho callejón, entrada de edificio, carretera o camino de entrada.
Sección 1152. Cruzar por lugares distintos a los pasos de peatones.
(a) Todo peatón que cruce una calzada en cualquier punto que no sea un paso de peatones señalizado o un paso de peatones no señalizado en una intersección deberá ceder el derecho de paso a todos los vehículos que circulen por la calzada.
(b) Todo peatón que cruce una calzada en un punto en el que se haya instalado un túnel peatonal o un paso de peatones elevado deberá ceder el derecho de paso a todos los vehículos que circulen por la calzada.
(c) Ningún peatón deberá cruzar una intersección vial en diagonal a menos que esté autorizado por los dispositivos oficiales de control de tráfico; y, cuando esté autorizado a cruzar en diagonal, los peatones deberán cruzar únicamente de acuerdo con los dispositivos oficiales de control de tráfico correspondientes a dichos movimientos de cruce.
Sección 1153. Disposiciones relativas a las personas ciegas o con discapacidad visual.
(a) Sin perjuicio de las disposiciones anteriores de este artículo, todo conductor de un vehículo que se aproxime a una intersección o a un paso de peatones deberá ceder el derecho de paso a un peatón que cruce o intente cruzar la calzada cuando dicho peatón vaya acompañado de un perro guía o utilice un bastón de color metálico o blanco o blanco con punta roja.
(b) Ninguna persona, a menos que sea ciega o discapacitada visual, utilizará en cualquier calle o carretera un bastón de color metálico o blanco o blanco con punta roja.
(c) Esta sección no se interpretará como que hace obligatorio el empleo del uso de un perro guía o de un bastón o mando de cualquier tipo por parte de una persona ciega o con discapacidad visual.
Sección 1155. Los peatones deben utilizar la mitad derecha de los pasos de peatones. Los peatones deberán circular, siempre que sea posible, por la mitad derecha de los pasos de peatones.
Sección 1156. Peatones en las carreteras.
(a) Cuando se disponga de aceras y éstas puedan utilizarse con seguridad, será ilegal que cualquier peatón camine a lo largo y sobre una calzada adyacente.
b) Cuando no haya aceras, los peatones que transiten por una carretera deberán, siempre que sea posible, caminar únicamente por el lado izquierdo de la calzada o por su arcén, de cara al tráfico que pueda aproximarse desde la dirección contraria. Cuando se acerque un vehículo en dirección contraria, el peatón deberá desplazarse hacia la izquierda tanto como sea posible.
Sección 1157. Peatones solicitando paseos, o negocios.
(a) Ninguna persona se situará en una calzada con el fin de solicitar un viaje, o para solicitar o vender a un ocupante de cualquier vehículo.
(b) Ninguna persona se situará en una calle o carretera, o en sus proximidades, con el fin de solicitar que se vigile o custodie un vehículo mientras esté estacionado o a punto de ser estacionado en una calle o carretera.
(c) Ninguna persona podrá ocupar ninguna parte de una carretera estatal, excepto en una ciudad o pueblo, de ninguna manera con el fin de vender o solicitar.
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Simplemente para completar, ya que estás en NY, señalaré que las vueltas a la derecha en rojo están prohibidas dentro de la Ciudad de Nueva York a menos que exista una señal que indique lo contrario. En el resto del estado se permite a menos que exista una señal que lo prohíba.
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@ZachLipton Se ha dicho que doblar a la derecha con el semáforo en rojo es la única contribución de América a la civilización occidental. Dicho esto, es prácticamente desconocido en el resto del mundo. Y que yo sepa, NYC es el único lugar en los EE. UU. que lo prohíbe.
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@MichaelHampton: Estaba viviendo en Boston en 1980 cuando Massachusetts se convirtió en el último estado en aceptar lo que entonces se llamaba la 'regla de California' haciendo el giro a la derecha con precaución la norma. Boston rápidamente comenzó a poner letreros de 'no girar a la derecha' casi en cualquier lugar, incluyendo una intersección cerca de mi casa que ya tenía letreros (por razones válidas) de 'no girar a la izquierda' y 'no girar a la derecha' ¡No sé si aún lo hacen hoy en día, sin embargo.
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Tu nombre sugiere que podrías ser italiano. Crecí y aprendí a conducir en la ciudad de Nueva York. Aprendí una diferencia importante en las convenciones de control de tráfico de Nueva York que una vez hizo enojar mucho a alguien en Trieste: en los EE. UU., cuando tienes una flecha verde para girar a la izquierda, significa que el tráfico que viene en dirección contraria tiene una señal roja y no necesitas esperar.
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@MichaelHampton También puedes (al menos en NY) girar a la izquierda en rojo si estás en una calle de un solo sentido y te diriges a otra calle de un solo sentido. dmv.ny.gov/about-dmv/chapter-4-traffic-control-2
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@Warcupine Creo que eso es cierto en todas partes. Creo que la regla se aplica de manera más general a los giros que no cruzan ningún otro carril.
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El título de esta pregunta es muy confuso. ¿Podría sugerir en su lugar lo siguiente: "¿Puedo girar en una intersección con un semáforo peatonal en verde, si no hay peatones cruzando?"
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Anécdota personal aquí, en su mayoría en referencia al comentario de MichaelHampton... Creo que girar a la derecha con el semáforo en rojo es una de las peores cosas que existen y desearía que se prohibiera en todas partes. Nadie se detiene y como peatón, casi ser golpeado es una ocurrencia diaria. No hay ABSOLUTAMENTE nada malo en tomarse 20 segundos extra en cualquier viaje.