(Nota: esto es específico de los Estados Unidos, pero si otros países tienen leyes similares sería interesante conocer también las situaciones análogas)
Sé que la ley establece que los ciudadanos estadounidenses tienen derecho a entrar en los Estados Unidos basándose únicamente en su condición de ciudadano No se basa en la posesión de un pasaporte; es decir, es ilegal negar la entrada a un ciudadano estadounidense simplemente porque no tiene su pasaporte.
Así, por ejemplo, si un estadounidense se presenta en la frontera de EE.UU. sin su pasaporte pero con un permiso de conducir o algún otro tipo de identificación, puede ser un proceso más laborioso, pero se le dejará entrar una vez que se pueda demostrar su identidad.
Sin embargo, ¿qué pasa si, hipotéticamente, alguien que dice ser ciudadano estadounidense se presenta sin nada? ¿Están los funcionarios de inmigración obligados a hacer todo lo posible (por ejemplo, ir a la casa de esa persona para obtener su identificación, citar a sus conocidos para entrevistarlos; sinceramente, no estoy seguro de qué más...) para ayudar a la persona a demostrar su identidad, o en ese caso están autorizados a rechazarla?
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Podrían tener que ayudar a un ciudadano estadounidense... ¿Pero cómo sabrían que es un ciudadano estadounidense?
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Bases de datos gubernamentales, escaneo de huellas dactilares y coincidencias, recuperación de fotografías oficiales, etc.
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Aquí es una copia del Manual de Campo de los Inspectores del CBP, alrededor de 2008. El capítulo 12 tiene orientaciones sobre las pruebas de ciudadanía. No es muy detallado, pero pueden ser todas las instrucciones que reciben los agentes fronterizos. Pero ciertamente no hay ninguna mención de un requisito para ir a las grandes longitudes para ayudar a alguien a probar su ciudadanía.
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Si se exigiera la asistencia, sería una forma estupenda de inmovilizar los recursos y fondos del gobierno de EE.UU.: volver una y otra vez a la frontera y exigir asistencia para demostrar la ciudadanía. Que mil personas al día hagan eso. Sería una gran manera de protestar. Pero dudo que esa exigencia exista, dado que la policía no tiene ningún deber de asistencia hacia ti, ¿por qué lo tendrían los funcionarios de inmigración? Al rechazar a alguien que dice ser ciudadano, no están rechazando a un ciudadano estadounidense, sino a alguien que dice serlo; dudo que eso viole la ley estadounidense.
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Tenga en cuenta que, excepto en las fronteras terrestres donde se puede "rebotar" fácilmente a alguien, en general tendría que averiguar la identidad y la ciudadanía de una persona para asegurarse de que sería admitida en el lugar de donde procede o para identificar otro lugar al que podría enviarla. Estoy menos familiarizado con EE.UU., pero en los aeropuertos de Europa, no es raro que la gente se deshaga de su pasaporte y que la policía involucre a los consulados extranjeros para obtener un salvoconducto .
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Las autoridades también suelen preferir identificar a la persona en caso de que se la busque por otros motivos y dejar constancia de la negativa a dejarla entrar. En otras palabras, no se trata de una situación de o bien o bien. Es probable que la policía haga un esfuerzo (dentro de lo razonable) para determinar la identidad de la persona, no sólo por la obligación de ayudar a los ciudadanos sino por su propio propósito, incluso si no te creen y quieren rechazarte.
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@NateEldredge Parece que falta todo el capítulo 17 sobre Extranjeros Inadmisibles. Parece que si alguien afirma ser ciudadano estadounidense y un agente del CBP no está convencido de que sea así, tendría que seguir el procedimiento de la sección 17.4 (y probablemente 17.8 o 17.15). No tengo ni idea de lo que implica, pero los agentes podrían estar obligados a investigar más, no específicamente para "ayudar" a la persona, sino para cumplir con otros requisitos y procedimientos legales.
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Una situación análoga, con respecto a la Unión Europea: "Cuando un ciudadano de la Unión, o un miembro de su familia que no tenga la nacionalidad de un Estado miembro, no disponga de los documentos de viaje necesarios o, en su caso, de los visados necesarios, el Estado miembro de que se trate, antes de proceder a su devolución, ofrecerá a estas personas todas las posibilidades razonables de obtener los documentos necesarios o de hacérselos llegar en un plazo razonable, o de corroborar o probar por otros medios que están amparados por el derecho de libre circulación y residencia." Directiva 2004/38/CE, artículo 5(5).
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Sospecho que esto ocurre con bastante frecuencia. La gente puede ir a Tijuana a pasarlo bien, emborracharse y perder la cartera. Apostaría unos cuantos dólares a que ya existe un protocolo bien establecido para este escenario. En los casos más dudosos, mi opinión (que admito es ignorante) sería que remitirían a la persona a la embajada o consulado más cercano.
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Una vez volví con el pasaporte caducado y simplemente me buscaron en el ordenador después de ponerme cara de "wtf". Vi que tenían 2 páginas de texto sobre mí, pero no pude leer nada. Todo el asunto se resolvió muy rápidamente y eso fue después del 11 de septiembre.
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@Relaxed: se puede encontrar una copia parcial del capítulo 17 que falta aquí . Está ligeramente redactado, y faltan algunas de las últimas secciones, pero contiene la importante sección 17.4 sobre la sospecha de reclamaciones falsas de ciudadanía estadounidense, y cómo manejarlas.