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Trabajar para un país de la UE y vivir en el otro

Dentro de la UE, existe una libre circulación de personas acuerdo que permite a los ciudadanos de la UE trabajar, desplazarse y buscar trabajo libremente en cualquier Estado miembro de la UE.

Analizando los detalles, me pregunto qué normas formales se aplican si un ciudadano de la UE es contratado por una empresa con sede en un país de la UE para la que trabaja a distancia y se desplaza temporalmente entre otros miembros de la UE cada, digamos, 6 meses.

He mirado algunas normas, pero no he encontrado nada que se ajuste a esta situación:

  • los países de Schengen tienen una regla de 90 días para permanecer sin registrarse, e imagino que se podría trabajar a distancia durante este tiempo, pero sólo es por 90 días
  • Uno podría intentar darse de alta como trabajador en el país de acogida cada 6 meses, pero es probable que se lo denieguen dado que la empresa no opera en el país de acogida, no paga impuestos/seguridad social allí, etc.
  • hay acuerdos de desplazamiento entre países, pero exigen que viajes entre los países cada semana (y no cada 6 meses)
  • se puede pedir a la empresa que los envíe al país de acogida (utilizando el certificado A1), pero esto es apropiado cuando el trabajador se desplaza al otro país a petición del empresario y no cuando el viaje es un capricho del trabajador
  • existe la opción de crear una empresa y acordar con el empresario la subcontratación, pero esto también requiere cambiar el contrato con el empresario y también cambia las normas fiscales/de residencia.

Sé que básicamente nadie lo hace legalmente y que todo el mundo ignora las normas, pero tengo curiosidad por saber si hay alguna forma de trabajar a distancia como empleado legalmente dentro de la UE.

Lo pregunto sólo desde el punto de vista de la inmigración, sé que fiscalmente la UE no interfiere y sólo hay Acuerdos de Doble Imposición en dos sentidos.

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Esto no es realmente "viajes", OTOH el sitio hermano sobre "expatriados" tampoco es relevante aquí, y no veo un sitio adecuado para tal pregunta.

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La ley es probablemente el sitio correcto. Pero esta pregunta necesita una limpieza. Da a entender que se trata de ciudadanos de la UE, pero contiene partes sobre permisos que no son necesarios. En el caso de los ciudadanos de la UE, el principal problema que se plantea cuando se trabaja y se vive en un país y el empleador está en otro es cómo se pagan los impuestos y los seguros sociales. Esto parece estar regulado por los tratados de doble imposición entre cada país y puede diferir.

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"Sé que nadie está haciendo esto legalmente" ¿Perdón? Puedo dar contraejemplos, yo mismo incluido (aunque no me mudo cada seis meses, pero no hay nada que lo impida si realmente quieres).

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Relaxed Puntos 36079

Desde el punto de vista de la inmigración, podría simplemente residir como persona económicamente inactiva. A no ser que tu salario sea realmente muy bajo, debería satisfacer cualquier requisito de ingresos/recursos, si es que tienes que registrarte oficialmente en algún sitio. Lo único que podría ser más complicado es el seguro médico, pero eso también debería poder resolverse con algo de dinero. En cualquier caso, tu presencia es totalmente legal y no necesitas un permiso para trabajar.

Ser considerado "trabajador" es atractivo porque te exime de los requisitos de ingresos/recursos y de seguro médico y la protección contra la expulsión es muy fuerte. Si tu trabajo es "auténtico y efectivo" (incluso a tiempo parcial), tienes derecho a ello. Si tienes que empadronarte en algún sitio, lo máximo que necesitarás es un pasaporte/documento de identidad, un contrato de trabajo y quizás un justificante de domicilio (como se exige localmente a los ciudadanos). No es necesario documentar los ahorros, los ingresos o el seguro médico. Históricamente, este era el ámbito original de la libertad de circulación de la UE (entonces CE).

La categoría "económicamente inactivo" se añadió posteriormente para ampliar los derechos de libre circulación. Sin embargo, no necesita ningún permiso para trabajar o ejercer otra actividad económica. Las personas económicamente inactivas sí pueden hacerlo. Es sólo un estatus menos permisivo que conlleva requisitos adicionales (a saber, disponer de unos recursos -mínimos- y de un seguro médico), si no puedes aportar un contrato de trabajo o cualquier otra cosa que demuestre que eres un trabajador.

Nada de esto se refiere a la legislación fiscal ni a las comillas obligatorias a los sistemas de seguridad social, que pueden resultar muy complicadas.

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¿Qué se hace entonces con los impuestos? La mayoría de los tratados fiscales dicen que "los ingresos del trabajo realizado en el país X deben tributar en el país X". ¿Te dejará la Agencia Tributaria del país X presentar tu declaración de la renta como "persona económicamente inactiva"? O simplemente no les dirás nunca que el trabajo tuvo lugar en el país X (IANAL, pero eso suena a evasión de impuestos, por lo tanto no es "legal").

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@TooTea No sé qué haces con los impuestos. Puede que se ponga peliagudo muy rápidamente pero no tiene nada que ver. No hay nada que te impida (ni que te exima) hacer la declaración de la renta como persona económicamente inactiva si crees que es necesario en tu situación. Tu presencia es en todo caso legal y no puedes ser sancionado por haber residido demasiado tiempo en el país o por trabajar sin permiso. Sí que se te puede pedir que pagues impuestos, igual que a un ciudadano que consiga un trabajo a distancia en el extranjero. Por eso escribí "desde el punto de vista de la inmigración", ya que ese era el objetivo de la pregunta.

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¿Podría indicar algunas normas/resoluciones que confirmen que efectivamente se puede registrar como tal? Afirmar que eres "económicamente inactivo" mientras trabajas parece una mentira

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Interarticle Puntos 1

Como ya han señalado otros, casi no hay limitaciones para registrar la residencia en cualquier país de la UE. Siempre que puedas demostrar que tienes físicamente un lugar donde alojarte y medios para mantenerte, no te podrán denegar el registro.

En cualquier caso, la clave está en conseguir que tu empleador esté de acuerdo. Si tu empleador no va a cooperar, no hay nada que puedas hacer (legalmente). Pero en ese caso, sospecho que tu empleador también vería con malos ojos que no te presentaras en el lugar de trabajo habitual durante meses o años.

Hay varias vías que usted y su empleador pueden tomar para resolver el papeleo:

  • Que te envíen a donde quieras. Esto sólo funciona si hay una explicación plausible para ello (por ejemplo, un cliente o socio en el otro país con el que tiene que trabajar). Espera que las autoridades competentes de la seguridad social que tramitan tu A1 examinen a fondo si tu desplazamiento no es falso (tratando de eludir la legislación laboral del país de acogida).
  • Modifica tu acuerdo de trabajo para decir que el lugar de trabajo va a estar en el país X (Y, Z ). Tu empleador tendrá que darse de alta en las autoridades de esos países y empezar a retener el impuesto sobre la renta y las correspondientes comillas a la seguridad social. Hay muchas agencias que se encargan de todo esto. Sólo tienes que preguntar a cualquier red internacional de contabilidad/fiscalidad y te enviarán un presupuesto en un abrir y cerrar de ojos.
  • Hazte autónomo y sustituye tu contrato de trabajo por uno de subcontratación.

En los tres casos, tendrá que solicitar un A1, pero es un proceso sencillo que no le llevará más de una tarde. Las autoridades lo resolverán entre ellas y te dirán a qué país perteneces a efectos de salud y seguridad social.

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Esta no es exactamente la respuesta a la pregunta. Entiendo que si el empleador coopera, se podría hacer eso; sin embargo, la pregunta considera a un empleador al que no le importa dónde se realiza el trabajo pero no quiere verse involucrado en prácticas complejas, costosas o legalmente turbias (como desplazar a un empleado sin necesidad por parte del empleador).

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@sygi Entonces toma la última opción. Ser autónomo te desplaza toda la carga del empleador a ti, así que es sin duda la ruta más fácil y barata desde el punto de vista del empleador.

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Parece que te pierdes en consideraciones que van más allá del alcance de la pregunta. Yo me alejé delibaretamente de estos temas porque son muy complicados. Montar las nóminas en otro país puede ser bastante problemático, es cierto que hay empresas que lo apoyan, pero va a suponer más de una tarde de esfuerzo por parte del empresario. La vía del autoempleo es, de plano, ilegal en algunos países de la UE.

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