No, al igual que un permiso de residencia Schengen no exime a alguien del Reino Unido Visado estándar de visitante requisito, el Gibraltar Ley de Inmigración, Asilo y Refugio, 1962-12 no es una excepción, a pesar de que algunos titulares (actualmente: los nacionales de Marruecos, la República Popular China, Mongolia, India o Rusia) de un Visados Schengen válidos para múltiples entradas están exentos.
Sólo los miembros de la familia que no sean nacionales del EEE y que, por lo demás, necesiten un visado, están exentos de un visado de visitante para Gibraltar.
- Fecha de inicio: 2016-10-06 (última versión al 2020-10-26)
Solicitud: Nacionales del EEE y sus familiares
3.
Las disposiciones de los artículos 6, 7(2), 12(1), 14(1) y (2), 15 a 38, 52, 53 y 64 no se aplicarán a ninguna persona a la que se apliquen, por el momento, los artículos 55A a 55X.
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Entrada y salida de Gibraltar.
11.
Ninguna persona que pretenda entrar o salir de Gibraltar por tierra podrá entrar o salir de otra forma que no sea
(a) a través de las puertas para peatones o vehículos en la frontera, o
(b) a través de las puertas comerciales de la frontera en un momento en que está abierta para el tráfico comercial autorizado bajo la supervisión y el control de un funcionario de inmigración.
11A.
(1) El Gobierno podrá ordenar al Oficial Principal de Inmigración que renuncie a la realización, en las circunstancias descritas en dichas instrucciones, de cualquier control, facultad o función requerida o permitida en virtud de esta Ley sobre cualquier persona o categoría de personas que entren o salgan de Gibraltar o que estén en tránsito por tierra, mar o aire a través del aeropuerto hacia cualquier otro país especificado en dicha instrucción.
(2) Una orden en virtud de la subsección (1) puede incluir una exención del requisito de estar en posesión de un permiso de entrada válido en virtud de la sección 12(1) y, tras la emisión de dicha orden, las disposiciones de la sección 12(1) no se aplicarán a ninguna persona a la que se refiera la orden en la medida en que requiera que dicha persona esté en posesión de un permiso de entrada válido.
(3) Cualquier dirección emitida bajo la sub-sección (1) puede ser revocada o modificada por el Gobierno en cualquier momento y de vez en cuando y puede imponer restricciones sobre el período en que dichas personas o categorías de personas pueden permanecer en Gibraltar.
(3A)
Cualquier instrucción en virtud del apartado (1) que se refiera a una categoría de personas descrita en virtud de que sean nacionales de determinados países que posean Visados Schengen válidos para múltiples entradas se publicará en la Gaceta.
(3B)
Toda instrucción en virtud del apartado (1) a la que se aplique el apartado (3A) deberá
(a) incluir una exención, en virtud de la subsección (2), del requisito de estar en posesión de un permiso de entrada válido en virtud de la sección 12(1);
(b) confirmar que una exención emitida en virtud del apartado (2) no da derecho al titular a buscar empleo en Gibraltar ni a acceder a prestaciones financiadas con fondos públicos en Gibraltar;
(c) especificar el periodo en el que dicha persona está autorizada a permanecer en Gibraltar, que no podrá ser superior a
(i) 21 días; o
(ii) cuando el visado Schengen de entrada múltiple deba expirar antes de los 21 días siguientes a la entrada de la persona en Gibraltar, el resto del período de validez de dicho visado Schengen de entrada múltiple menos 7 días.
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Derechos del EEE - Entrada y residencia.
Derecho de entrada a Gibraltar.
55J .
(1) Un nacional del EEE podrá entrar en Gibraltar si presenta a su llegada un pasaporte o documento de identidad válido expedido por un Estado del EEE.
(2) Se permitirá la entrada en Gibraltar a los nacionales de países no pertenecientes al EEE que sean miembros de la familia de un nacional del EEE, de un miembro de la familia que haya conservado el derecho de residencia o de una persona con derecho de residencia permanente en virtud del artículo 55N, si presentan a su llegada
(a) un pasaporte válido; y
(b) un permiso familiar del EEE, una tarjeta de residencia o una tarjeta de residencia permanente.
(3) No se colocará un sello de entrada o salida en el pasaporte de una persona a la que se le permita entrar en Gibraltar en virtud de esta sección si
(a) es un nacional del EEE; o
(b) es un nacional de un país no perteneciente al EEE que presenta una tarjeta de residencia o una tarjeta de residencia permanente.
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Derecho a residir en Gibraltar durante tres meses
55L.
(1) Las siguientes personas tienen derecho a residir en Gibraltar durante un período no superior a tres meses a partir de la fecha de entrada en Gibraltar
(a) un nacional del EEE que sea titular de un pasaporte o documento de identidad válido expedido por un Estado del EEE;
(b) un nacional de fuera del EEE que
- (i) es miembro de la familia de un nacional del EEE que reside en Gibraltar en virtud del apartado (a); y
- (ii) es titular de un pasaporte válido.
Nota :
A Visado Schengen es un visado de corta duración que permite a su titular circular por el espacio Schengen, basado en el apartado 5 del artículo 2 (tipo A ) y el apartado 2 del artículo 2 (Tipo C ) del Código de fronteras Schengen.
A visado nacional de larga duración (Tipo D (ANEXO VII (7 tipo de visado) del Código de fronteras Schengen) no es un Visado Schengen pero un Visado nacional .
Fuentes :