Has sobrepasado tu visado estadounidense en menos de seis meses, lo que significaría que no tienes prohibida la entrada aunque hayas acumulado presencia ilegal.
Según la sección 212(a)(9)(B) de la Ley, un extranjero es inadmisible si extranjero ha acumulado un período determinado de presencia ilegal, sale de los Estados Unidos después de acumular la presencia ilegal, y luego busca admisión durante el período especificado en (ya sea 3 años o 10 años después de la salida, dependiendo de la duración de la sección 212(a)(9)(B)(i) de la presencia ilegal acumulada)
y
(B) EXTRANJEROS EN SITUACIÓN IRREGULAR .-
i) En general: todo extranjero (que no sea un extranjero admitido legalmente para
residencia permanente) que-
(I) estuvo presente ilegalmente en los Estados Unidos durante un período de más de más de 180 días pero menos de 1 año, salió voluntariamente de los Estados Unidos Estados Unidos (de conformidad o no con la sección 244(e)) antes del inicio del procedimiento previsto en la sección 235(b)(1) o en la sección
240, y vuelve a solicitar la admisión dentro de los 3 años siguientes a la fecha de dicha de la salida o expulsión de dicho extranjero, o
Además, usted tenía un visado J, que suele tener una duración de estancia, por lo que no acumuló presencia ilegal durante su sobreestadía.
Por lo tanto, a partir de su denegación del 214(b), parece que el consulado no está convencido de que usted no tenga intención de emigrar a los Estados Unidos. Parece que esto está directamente relacionado con su estancia excesiva. A mí me pasó algo parecido en 1999, cuando, aunque no me quedé más tiempo del que le dije al funcionario consular que pasaría en la entrevista.
Estás casado, con hijos y ya establecido en tu país, por lo que no hay mucho que puedas hacer para mejorar tu situación, ya es buena.
Usted puede conseguir que un abogado de inmigración lo solicite en tu nombre (no hay mucho que puedan hacer teniendo en cuenta tu situación) o esperar unos años más y volver a solicitarlo .
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¿Podría publicar una imagen de la carta de denegación con sus datos personales en blanco?
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No tengo una carta de rechazo conmigo. Creo que era la sección 214 (b).