Un enlace en el Programa de exención de visado (en la sección "Viajes a Canadá, México o las islas cercanas") señala el Viajes en bucle cerrado página del CBP. Según esta página, las definiciones de Territorios Contiguos e Islas Adyacentes son:
Los territorios contiguos son cualquier país que comparta una frontera común con Estados Unidos. Canadá y México son contiguos a Estados Unidos.
Islas adyacentes de la siguiente manera: Anguila, Antigua, Aruba, Bahamas, Barbados, Barbuda, Bermuda, Bonaire, Islas Vírgenes Británicas, Islas Caimán, Cuba, Curazao, Dominica, República Dominicana, Granada, Guadalupe, Haití, Jamaica, Marie-Galantine, Martinica, Miquelón, Montserrat, Saba, San Bartolomé, San Cristóbal, San Eustaquio, San Cristóbal y Nieves, Santa Lucía, San Martín, San Pedro, San Vicente y las Granadinas, Trinidad y Tobago, Islas Turcas y Caicos, y otros territorios o posesiones británicas, francesas y neerlandesas ribereñas del Mar Caribe.
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A los votantes cercanos: La otra pregunta está estrechamente relacionada pero no pregunta (ni recibe respuesta) sobre los países incluidos en la norma, sólo sobre las condiciones en las que se aplica a Canadá en particular.
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+1, se trata claramente de una cuestión distinta que no se ha respondido anteriormente.