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Ayuda para el visado de estudiante (permiso de residencia en la UE) y el visado Schengen

Hola, soy un ciudadano estadounidense con un visado de estudiante para los Países Bajos que expira el 1 de diciembre. Si salgo de la zona Schengen el 30 de noviembre (un día antes de que caduque mi visado de estudiante), para visitar Marruecos (país no Schengen), ¿puedo volver a entrar en la zona Schengen (Italia) aún con mi visado de estudiante caducado (3 de diciembre) y empezar como visita turística (visado de turista durante 90 días)?

Sé que puedo volver a entrar como turista en los Países Bajos, pero quería hacer un viaje a Italia después de la graduación y voy a utilizar Marruecos como mi "escala" de 72 horas fuera de la zona Schengen.

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Relaxed Puntos 36079

Sí, puedes hacerlo o, como explicó Aditya Somani, simplemente quedarte en los Países Bajos.

Si entra en Italia después del 1 de diciembre, no recibirá un visado, sino que simplemente hará uso de la estancia sin visado de 90 días concedida a los ciudadanos estadounidenses. Esto es posible porque el tiempo de estancia con un visado de larga duración no cuenta para el límite de 90 días. Si lo hiciera, tampoco sería posible entrar en los Países Bajos.

La fuente oficial de esta norma es el artículo 5 del Código de fronteras Schengen :

  1. Para las estancias previstas en el territorio de los Estados miembros de una duración no superior a 90 días en un periodo de 180 días, lo que implica considerar el período de 180 días anterior a cada día de estancia, las condiciones de entrada para los nacionales de terceros países serán las siguientes:

[ ]

1a. A efectos de la aplicación del apartado 1, la fecha de entrada se considerará el primer día de estancia en el territorio de los Estados miembros y la fecha de salida se considerará como el último día de estancia en el territorio de los Estados miembros. Los períodos de estancia autorizados en virtud de un permiso de residencia o de un visado de larga duración no se en el cálculo de la duración de la estancia en el territorio de los Estados territorio de los Estados miembros.

(b) estar en posesión de un visado válido, si se exige en virtud del Reglamento (CE) nº 539/2001 del Consejo, de 15 de marzo de 2001, por el que se establecen la lista de terceros países cuyos nacionales están sometidos a la obligación de visado para cruzar las fronteras exteriores y la lista de terceros países cuyos nacionales están exentos de esa obligación, salvo si son titulares de un permiso de residencia válido o de un visado de larga duración válido;

En el segundo párrafo se explican los tipos de visado aplicables en virtud de esta norma.

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Aditya Somani Puntos 6016

Sí que puedes. De hecho, ni siquiera es necesario volver a entrar en el espacio Schengen

Mientras estudiaban en Francia, a muchos de mis amigos (ciudadanos estadounidenses) se les permitió llegar antes y quedarse más tarde del límite permitido (según su visado de estudiante) y no se les exigió salir del país o de la región Schengen en absoluto.

A mí, como ciudadano indio, no se me permitió hacer lo mismo y se me pidió que abandonara el Espacio Schengen una vez que mi visado de estudiante expiró. Confirmé ambas situaciones con gran detalle con el Consulado de Francia en EE.UU. y me aseguraron que habría podido permanecer más tiempo siempre que fuera ciudadano estadounidense.

El visado de estudiante no se aplicará a la regla 90/180 y el ciclo volverá a empezar.

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