¿Responderías afirmativamente a la pregunta sobre las denegaciones anteriores si te dieran un 221(g) que se aprobara después de la AP sin tener que hacer otra solicitud?
Parece que hay información contradictoria en los sitios web del Gobierno.
La Embajada de Estados Unidos en Japón https://jp.usembassy.gov/visas/visa-waiver-program/frequently-asked-questions-esta/ :
Anteriormente solicité un visado F-1 y la solicitud estaba pendiente de documentos adicionales. Recibí una notificación (carta 221g) del funcionario consular que decía que mi solicitud era rechazada. Ahora quiero ir a Estados Unidos para hacer turismo. ¿Cómo debo responder a la pregunta del ESTA "¿Se le ha denegado alguna vez un visado estadounidense o en...
Si su solicitud de visado ha sido rechazada en virtud de la sección 221(g) de la INA por cualquier motivo, debe marcar "Sí" en la pregunta F del formulario de solicitud del ESTA. Una denegación en virtud de la sección 221(g) NO supondrá una denegación automática del ESTA. Aunque obtenga un visado después de una denegación de la sección 221(g), siga respondiendo "Sí" a la pregunta en todas las futuras solicitudes del ESTA.
La Embajada de Estados Unidos en Alemania https://de.usembassy.gov/visas/esta-wvp-faqs/
Mi solicitud de visado sigue pendiente (en estado 221g). Puedo viajar a Estados Unidos en el marco del Programa de Exención de Visado (ESTA) antes de que se haya tomado una decisión definitiva?
No. Su solicitud actual debe resolverse antes de que pueda solicitar el Programa de Exención de Visado. Si solicita una autorización ESTA mientras su solicitud actual está pendiente, debe responder "sí" cuando se le pregunte si alguna vez se le ha denegado una solicitud de visado. No responder con veracidad a las preguntas del ESTA puede plantear problemas adicionales para futuros viajes a Estados Unidos. Una vez resuelta su solicitud, deberá responder "sí" o "no" cuando se le pregunte si alguna vez se le ha denegado una solicitud de visado en función de la decisión final de su solicitud de visado. Las solicitudes que han caducado (casos de abandono en los que ha pasado más de 1 año desde el momento de la solicitud inicial) se consideran denegaciones a efectos del Programa de Exención de Visado. Por lo tanto, debe responder "sí" cuando se le pregunte si alguna vez se le ha denegado una solicitud de visado al solicitar una autorización ESTA.
Del Departamento de Estado https://fam.state.gov/fam/09FAM/09FAM040310.html
(2) (U) Carta de denegación del 221(g): En el caso de una denegación INA 221(g) NIV, los puestos pueden redactar la carta de denegación de la manera que consideren apropiada y sin la aprobación del Departamento. Sin embargo, la carta debe (a) (U) Indicar explícitamente la disposición de la ley bajo la cual se rechaza el visado; (b) (U) No indicar que la denegación está "pendiente", "temporal" o "provisional" o que el caso está suspendido, aunque puede hacer referencia a la tramitación administrativa posterior del caso; (c) (U) No alentar ni desalentar al solicitante a volver a solicitar el permiso; y (d) (U) Incluir el siguiente texto: Le informamos de que, a efectos de visado de EE.UU., incluido el ESTA (el sitio web del ESTA), esta decisión constituye una denegación de visado.
La Embajada en Alemania parece ser la más clara, pero parece contradecir a las otras dos. La "opinión legal" en Internet también parece ser contradictoria al respecto.
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¿Puede señalar la contradicción? Las tres citas dicen que un 221(g) debe desencadenar un "sí" a una denegación de visado o a una solicitud de ESTA.
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@Moo La alemana dice explícitamente que si la solicitud finalmente prospera, el 221g se convertirá en un no. Mientras que las otras dos dan a entender que será una denegación independientemente del resultado final
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Eso no es una contradicción: el 221(g) es sustituido por la decisión final, que es una aprobación o una denegación.
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@Moo, es difícil leer la última frase de la embajada de Japón como si estuviera de acuerdo contigo, aunque admito que no es del todo inequívoca. Las embajadas de Japón y Alemania tampoco parecen estar de acuerdo en si una denegación del 221(g) es una descalificación automática para un ESTA o no. Creo que el problema básico proviene del hecho de que estas son fuentes del DoS, pero las políticas reales relativas al VWP y ESTA son del CBP, pero no conozco una fuente del CBP que explique las políticas.