Gracias de antemano por cualquier orientación. He buscado en la web pero no he encontrado ninguna respuesta clara.
Soy ciudadano de la UE y trabajo en el sector de las conferencias y los eventos. Solo he trabajado in situ en Europa y Asia.
Un cliente del Reino Unido está planeando una conferencia que tendrá lugar en un lugar de Estados Unidos. Me han pedido que asista, para llevar a cabo mi línea de trabajo habitual como parte de la organización de la conferencia. Sólo tendría que estar allí dos días.
El cliente final es británico, la empresa de gestión de eventos es británica, y yo les facturaría en libras esterlinas que se abonarían en una cuenta bancaria europea, por lo que no habría ningún tipo de relación financiera con clientes estadounidenses, y cualquier "trabajo" que realizara en el lugar de celebración sería una continuación del trabajo preparatorio que habría estado realizando en Europa antes de viajar al lugar de celebración en los Estados Unidos, y es mi línea de negocio habitual.
La semana que viene me confirmarán si el trabajo sigue adelante, pero no sé si está permitido en el Programa de Exención de Visado. Si necesito un visado, sería demasiada molestia para dos o tres días y probablemente tendría que rechazar el trabajo antes que meterme en problemas con las autoridades estadounidenses. Además, no tengo claro cuáles son las distinciones entre las definiciones oficiales de "trabajo", "negocio" y "empleo".
No sé si el personal de conferencias extranjero que realiza tareas en el lugar de celebración de una conferencia en Estados Unidos está cubierto por las circunstancias de las dos primeras filas de la página 2 de este PDF .
El texto del enlace anterior es:
- Objetivo de su viaje: Asistente a una conferencia, reunión, feria o evento comercial
Sobre su visita temporal: No recibirá ningún salario o ingreso de una empresa/entidad con sede en EE.UU. Con fines científicos, educativos, profesionales o empresariales.
- Objetivo de su viaje: Empleados de ferias o exposiciones de expositores extranjeros en ferias internacionales ferias internacionales (excluyendo a los representantes de los gobiernos)
Sobre su visita temporal: No recibirá ningún salario o ingreso de una empresa/entidad con sede en Estados Unidos. Planificará, montará, desmontará, mantendrá o trabajará en relación con exposiciones en ferias o exposiciones internacionales.
No se trata de una "feria o exposición internacional", sino de una conferencia/evento comercial para un cliente del Reino Unido. Sólo para reiterar, yo no estaría allí como asistente, sino como alguien que se ocupa de las cosas entre bastidores. A partir del PDF anterior, parece posible que se permita, pero no estoy en absoluto seguro.
De nuevo, gracias de antemano por cualquier orientación.
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¿Hay alguna razón por la que te necesiten a ti en lugar de a una persona de EE.UU. para desempeñar esa función? ¿Cuál es la naturaleza específica de la función? ¿Qué tipo de cosas harías? Si se trata de algo general, como el diseño de la iluminación o la logística, es menos probable que esté bien.
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No estoy seguro de que sepan dónde encontrar o cómo emplear a alguien para que haga mi tarea durante dos días, y qué burocracia implicaría.
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Me parece que las líneas 3-5/6 de la p. 2 encajan exactamente? Esto es claramente para lo que sirve el visado B-1 (o ESTA), creo.
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Tal vez tenga que dar más detalles sobre las "cosas" que va a "arreglar... entre bastidores". El CBP podría preguntarle al respecto. Pero si te limitas a decir que vas a dar una conferencia XYZ no es probable que tengas ningún problema.
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Participaría en el aspecto técnico de una ceremonia de entrega de premios.
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¿No encajaría esto en la categoría de "ingeniero de servicios (comercial, industrial)"? Hay bastantes restricciones al respecto, pero dependiendo de lo que hagas exactamente, puede ser una opción.