En esta pregunta una madre ha solicitado un visado británico para su hijo de 12 años. El visado fue denegado en virtud de la sección V 3.6, engaño.
Normalmente, una solicitud posterior será rechazada casi con toda seguridad en virtud de la sección V 3.7, y el solicitante será inhabilitado durante diez años.
Si vuelve a solicitarlo, ¿quién recibirá la prohibición? ¿La madre, por ser la que perpetró el engaño, o el hijo, por ser el titular del pasaporte?
¿Qué pasará dentro de seis años, cuando el hijo cumpla los dieciocho? ¿Se le prohibirá entonces? ¿Por cuánto tiempo?
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Yo asumiría que la culpa del padre no tiene consecuencias para el niño cuando cumple 18 años (pero vivimos en tiempos extraños)
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Creo que esto podría ser más adecuado para la SE de Derecho, ya que es una pregunta sobre cómo se aplican las normas y reglamentos en esta situación, pero también creo que tiene valor aquí.