9 votos

¿Se aplican las normas de reembolso de la UE a las cancelaciones de compañías aéreas relacionadas con el coronavirus?

Tengo un billete de avión con Emirates, y como parte de las cancelaciones relacionadas con el Coronavirus, el tramo Dubai -> Ginebra ha sido cancelado.

Tengo entendido que esto no se ajusta a la normativa de vuelos de la UE y, por lo tanto, Emirates se niega a reembolsar el billete y sólo ofrece un bono de viaje o una reprogramación.

El mismo billete tiene un tramo París -> Dubai que aún no ha sido cancelado por Emirates. Hipotéticamente, si el tramo París -> Dubái se cancelara, ¿las normas de vuelo de la UE les obligarían a hacerlo (ignorando cualquier compensación adicional en las normas de la UE a la que pueda o no tener derecho)

  1. No hacer nada
  2. Reembolso del 100% de la tarifa para París -> Dubai
  3. Reembolso del 100% de la tarifa de todo el itinerario

El itinerario general es

Hyderabad -> Dubai -> Ginebra
París -> Dubai -> Hyderabad

Se reservó como una tarifa de reembolso restringido y en el mismo PNR, si eso importa.

1voto

James A Wilson Puntos 7274

El resultado final fue que Emirates actualizó su política, permitiendo el reembolso del 100% para todas las cancelaciones de COVID. Esto coincidió con la cancelación de los tramos restantes de mi billete que no se habían cancelado inicialmente, por lo que pude aprovechar la política de Emirates y no tuve que recurrir a las normas de la CE 261 para reclamar un reembolso.

La solicitud de reembolso se presentó a mediados de abril y el reembolso llegó a mediados de julio con una deducción total de alrededor de 1.000 INR (que era menos del 1% del importe total de la reserva)

ViajeroSabio.com

ViajeroSabio es una comunidad de viajeros en la que puedes resolver tus problemas y dudas.
Puedes consultar las preguntas de otros viajeros, hacer tus propias preguntas o resolver las de los demás.

Powered by:

X