Cuando Reino Unido formaba parte de la UE, los cónyuges no comunitarios de ciudadanos británicos podían viajar a la UE sin necesidad de visado. Ahora, después del Brexit, supongo que no es así y que tendrá que solicitar un visado Schengen.
Respuesta
¿Demasiados anuncios?El requisito de visado de corta duración en el espacio Schengen siempre se ha basado en la ciudadanía. Si su cónyuge procede de los más de 60 países enumerados en el llamado "anexo II" (que abarca la mayor parte de América, la Europa no comunitaria, los EAU, Japón, Corea del Sur, Malasia ), puede venir sin visado. En caso contrario, necesitan un visado. Así era antes del Brexit y así seguirá siendo. La misma norma se aplica a los nacionales de terceros países que no pertenecen a la familia de un ciudadano de la UE.
Lo que ha cambiado son las normas para obtener ese visado. Para las personas amparadas por la libertad de circulación de la UE (incluida la familia de los ciudadanos británicos antes del Brexit), ese visado debe ser gratuito y las razones válidas para denegar un visado son muy limitadas. Para las demás personas (incluidos los cónyuges de la mayoría de los ciudadanos británicos después del Brexit), hay que pagar una tasa de visado y presentar mucha más documentación (por ejemplo, sobre su situación económica).
Existe una exención adicional para los cónyuges de ciudadanos de la UE residir en otro país de la UE con una tarjeta de residencia como "miembro de la familia de un ciudadano de la UE" (tarjeta del artículo 10 o 20, debería decirlo explícitamente en la tarjeta). En ese caso, no es necesario solicitar un visado para una visita corta, aunque procedas de un país cuyos ciudadanos suelen necesitarlo. La exención debería seguir aplicándose a los ciudadanos británicos que se instalaron en la UE antes de enero de 2021 y a su familia, pero que, por lo demás, dejó de ser relevante tras el Brexit.