Estaba en un vuelo de código compartido de Ciudad de México a Barcelona con escala en París. El vuelo de Ciudad de México a París era operado por Aeroméxico y el vuelo de París a Barcelona era operado por Air France.
Mi vuelo a París se retrasó 5 horas porque tuvimos que esperar un nuevo avión debido a que el original tenía dificultades técnicas. Esto hizo que perdiera mi conexión. Aeroméxico me consiguió un hotel y pude continuar mi viaje a Barcelona al día siguiente, lo que hizo que llegara a mi destino final más de 24 horas después de lo previsto inicialmente.
¿Puedo reclamar una indemnización, dado que el vuelo retrasado era operado por una compañía aérea no comunitaria?
¿Tiene alguna importancia el hecho de que el vuelo fuera de código compartido con una compañía aérea de la UE?
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Según europa.eu/youreurope/citizens/travel/passenger-rights/air/ y eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/ Los requisitos de compensación de la UE sólo se aplican a los vuelos con destino a la UE si el operando La compañía aérea está autorizada en la UE. Aquí la compañía aérea operadora es AeroMéxico, por lo que no se aplican las normas de la UE. El código compartido no parece ser relevante. No sé si la legislación mexicana prevé una compensación.
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@NateEldredge todos los vuelos intracomunitarios están cubiertos por la indemnización por retraso. Y estoy 99% seguro de que el vuelo París-Barcelona no era operado por AirMexico.
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@JonathanReez: Pero el vuelo de París a Barcelona no se retrasó. OP simplemente no llegó a París a tiempo para subirse a él.