Aunque deberá obtener un visado a través del consulado cubano, también puede consultar con el consulado estadounidense. Los ciudadanos estadounidenses no pueden ir como turistas, pero sí pueden visitar, sin penalización, por los siguientes motivos: visitas familiares; asuntos oficiales del gobierno; periodismo; investigación y reuniones profesionales; actividades educativas; actividades religiosas; espectáculos públicos, clínicas, talleres, exposiciones y competiciones deportivas; "apoyo al pueblo cubano"; proyectos humanitarios; actividades de fundaciones privadas o investigación para institutos educativos; exportación o importación de información o "material informativo"; viajes relacionados con algunas transacciones de exportación autorizadas.
Este es el enlace a las últimas preguntas frecuentes del Tesoro www.treasury.gov/resource-center/sanctions/Programs/Documents/cuba_faqs_new.pdf