En concreto, se trata de responder a esta pregunta en el Solicitud del ESTA :
H) ¿Ha permanecido alguna vez en los Estados Unidos más tiempo que el período de admisión de admisión que le ha concedido el gobierno de EE.UU.?
Al final de la página se indica:
Yo, el solicitante, certifico que he leído o me han leído todas las preguntas y declaraciones de esta solicitud y que entiendo todas las preguntas y declaraciones de esta solicitud. Las respuestas y la información proporcionada en esta solicitud son verdaderas y correcta a mi leal saber y entender .
Dado que el solicitante ha sobrepasado la edad mínima, la respuesta veraz que se espera de esta pregunta sería sí . Respondiendo a no a esta pregunta sería parece exigir la concesión de un periodo de admisión implícito hasta la mayoría de edad.
Según INA: LEY 212 - CLASES GENERALES DE EXTRANJEROS NO APTOS PARA RECIBIR VISADOS Y NO APTOS PARA LA ADMISIÓN tal y como lo ha proporcionado @HermitCrab en los comentarios:
B) LOS EXTRANJEROS EN SITUACIÓN IRREGULAR.
i) En general: todo extranjero (que no sea un extranjero admitido legalmente para
residencia permanente) que-
(I) estuvo presente de forma ilegal en los Estados Unidos durante un periodo de más de 180 días más de 180 días pero menos de 1 año, salió voluntariamente de los Estados Unidos Estados Unidos (de conformidad o no con la sección 244(e)) antes del inicio del procedimiento previsto en la sección 235(b)(1) o en la sección
240, y vuelve a solicitar la admisión dentro de los 3 años siguientes a la fecha de dicha de la salida o expulsión de dicho extranjero, o
(II) ha estado presente ilegalmente en los Estados Unidos durante un año o más, y que vuelva a solicitar la admisión en un plazo de 10 años a partir de la fecha de de la salida o expulsión de dicho extranjero de los Estados Unidos es inadmisible.
(ii) Interpretación de la presencia ilegal.- A los efectos de este párrafo, se considera que un extranjero está presente ilegalmente en los Estados Unidos Estados Unidos si el extranjero está presente en los Estados Unidos después de la expiración del período de estancia autorizado por el Fiscal General o está presente en los Estados Unidos sin haber sido admitido o en libertad condicional.
(iii) Excepciones.
(I) Menores de edad - Ningún período de tiempo en el que un extranjero sea menor de 18 años de edad se tendrá en cuenta para determinar el período de presencia ilegal en los Estados Unidos bajo la cláusula (i).
Así que (para mis ojos no jurídicos), a efectos de la solicitud de visado, el menor no ha estado presente ilegalmente. Sin embargo, no haber estado presente ilegalmente y no haber sobrepasado nunca la duración de la estancia no es lo mismo. A mí me parece, de nuevo como no jurista, que si el solicitante no ha estado presente ilegalmente, no puede ser deportado, por ejemplo, pero eso es evidentemente no es el caso :
Hace más de 10 años fui deportado de los Estados Unidos por ser un ilegal pero sólo tenía 14-15 años en ese momento.
Sin embargo, al menos un abogado afirma que esto es no es una estancia excesiva :
Por lo general, una estancia excesiva como menor de edad (con la deportación o salida antes de los 18 años) no sería una "estancia excesiva" desde el punto de vista de la inmigración. No deberías tener problemas para visitar Estados Unidos. Con casos como éste, suelo recomendar a mis clientes que lleven consigo una carta de opinión legal en la que se expongan los antecedentes, la opinión anterior, con la normativa y los precedentes, si son necesarios, para respaldarla. que la respalden. De esta manera se asegura casi indefinidamente el paso a los EE.UU. a pesar de esta cuestión.
Evidentemente, parece que hay un conflicto de opiniones a la hora de investigar esto.
Si esto me ocurriera a mí personalmente, respondería sí a esta pregunta. Si tiene la intención de responder no Creo que le convendría buscar una opinión legal que respalde su afirmación para presentarla al funcionario del CBP en el puerto de entrada.