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Visitar el Reino Unido para un viaje corto durante el año posterior al visado de estudiante en España

Soy un ciudadano americano que vive en España desde el pasado mes de septiembre con un visado de estudiante tipo D. Mi visado expira este jueves 12 de septiembre. Según tengo entendido, tengo 90 días adicionales en la zona Schengen. Tengo previsto volver a Estados Unidos una vez transcurridos estos 90 días.

Lo que me pregunto es si puedo hacer un viaje corto a Reino Unido durante estos 90 días, y luego volver a entrar en España. Sé que el Reino Unido no es Schengen. He leído que como titular de un pasaporte americano, se permite 90 días dentro de un periodo de 180 días. ¿Pero este periodo de 180 días excluye todo el año que he estado viviendo en España con el visado de estudiante? No creo que tenga problemas para entrar en el Reino Unido, pero me da miedo no poder volver a entrar en España.

Gracias por cualquier información.

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Consulte también este post relacionado para conocer la experiencia de primera mano: travel.stackexchange.com/questions/10504/

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Ozzy Puntos 98

Sí, puede permanecer en el espacio Schengen después de que expire su visado D. Y, sobre el papel, sí que puedes entrar y salir de la zona siempre que no infrinjas la regla de los 90/180.

Esto me lleva al siguiente punto. Que es que según el artículo 6 sección 2 de la Código de fronteras Schengen (énfasis añadido):

  1. A efectos de la aplicación del apartado 1, la fecha de entrada se considerará el primer día de estancia en el territorio de los Estados miembros y la fecha de salida se considerará el último día de estancia en el territorio de los Estados miembros. Los períodos de estancia autorizados en virtud de un permiso de residencia o de un visado de larga duración no se tendrán en cuenta en el cálculo de la duración de la estancia en el territorio de los Estados miembros.

Así que su estancia con el visado de larga duración no se cuenta para el límite de 90 días, pero se utiliza para determinar el periodo de 180 días. (Puede ser confuso, así que espero que esté claro).

En resumen:

-Tienes 90 días

-Puedes entrar y salir a tu antojo siempre que estés dentro de los 90 días

-El guardia de fronteras sigue teniendo la última palabra sobre su entrada en el espacio Schengen.

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