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Viajar a Estados Unidos como cónyuge de un ciudadano

Así que estoy casada con un ciudadano americano y estoy pensando en volar por mi cuenta a EEUU para vacunarme (algunos estados lo permiten). En mi caso tengo un pasaporte de un país ESTA (España) y he entrado varias veces en los estados

Después de leer esto: https://www.whitehouse.gov/briefing-room/presidential-actions/2021/01/25/proclamation-on-the-suspension-of-entry-as-immigrants-and-non-immigrants-of-certain-additional-persons-who-pose-a-risk-of-transmitting-coronavirus-disease/ Parece que como cónyuge de un ciudadano puedo entrar, la pregunta es ¿tengo que viajar con mi mujer? Ella no puede acompañarme, pero tengo un certificado de matrimonio y puedo llevar una copia de su pasaporte.

¿Será esto suficiente? Sé que el CBP tiene una amplia discreción y puede negar la entrada por cualquier razón

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phoog Puntos 2256

He aquí un rápido intento de abordar algunos de los puntos planteados en su pregunta. Pero primero,

Tenga mucho cuidado al intentar utilizar el ESTA para volar a Estados Unidos desde un país con restricciones, incluido el espacio Schengen.

En resumen, si no hace gestiones previas para establecer que es el cónyuge de un ciudadano estadounidense, su ESTA probablemente será cancelado cuando intentas utilizarlo para facturar tu vuelo.

Ver Mientras esté en vigor la normativa covid-19, ¿puedo entrar en EE.UU. si estoy casada con un ciudadano estadounidense y tengo un ESTA? (Este usuario hizo una pregunta similar a la suya y, tres días después, editó la pregunta para añadir "¡Me han cancelado el ESTA!")

También relacionado: Viajar a EE.UU. (NYC) desde el Reino Unido para ver a mi hija, ¿qué documentación se necesita?

El Página de preguntas frecuentes de la embajada de Estados Unidos en España no discute casos directamente relacionados con el suyo. Hay información sobre la solicitud de una "excepción de interés nacional", pero esa excepción se establece en el párrafo 2(a)(xii) de la proclamación, mientras que la excepción del cónyuge se establece en el 2(a)(iii). A diferencia de la excepción por interés nacional, la excepción del cónyuge no es discrecional y no debería requerir una solicitud.

Sin embargo, en su lugar, escribiría a la dirección de correo electrónico que figura en el sitio web de la embajada. Aunque no debería ser necesario presentar una solicitud, sí parece ser necesario registrar la condición de cónyuge de un ciudadano estadounidense y manifestar la intención de viajar a Estados Unidos para evitar que se anule el ESTA. De la página de preguntas frecuentes:

Creo que la Proclamación Presidencial 10143 no se aplica a mí / Creo que puedo acogerse a una excepción. ¿Qué debo hacer?

Si tiene un visado o un ESTA válidos y cree, tras leer la proclamación y la información actualizada en las preguntas frecuentes, que puede acogerse a una excepción, envíe un correo electrónico a MadridNIE@state.gov

Debido al gran volumen de consultas, sólo responderemos a aquellos que tengan un viaje inminente y que puedan acogerse a una excepción. Tenga en cuenta que los viajes con fines primarios de turismo siguen suspendidos.

(énfasis en el original)

Un caso similar mensaje de la embajada de Estados Unidos en Luxemburgo apoya esta conclusión:

A cualquier viajero con un ESTA válido que intente viajar a Estados Unidos en violación de esta Proclamación se le cancelará su ESTA. ... Las personas [que] creen que están exentas de la Proclamación y se encuentran en el extranjero pueden ponerse en contacto con su compañía aérea para obtener orientación adicional. Los viajeros que crean que se encuentran dentro de una exención identificada se les anima a que busquen orientación con antelación al viaje previsto para evitar interrupciones en el mismo.

(énfasis añadido)

La página de la embajada en España dice repetidamente que "los viajes turísticos siguen suspendidos", pero esto no se desprende realmente de la orden ejecutiva. Puede que tengas que discutir con ellos un poco. Puedes intentar decir que viajas para recibir tratamiento médico, no para hacer turismo, pero como esa es la misma categoría de visado que el turismo, puede que no sirva de nada. Sin embargo, desde el punto de vista legal, la proclamación exime a los cónyuges de ciudadanos estadounidenses independientemente del propósito de su viaje, así que no debería importar el propósito de su viaje.

Ahora, en cuanto a su pregunta:

¿tengo que viajar con mi mujer?

No hay nada en la proclamación que requiera que usted viaje con su esposa, ni que ella esté en los Estados Unidos. Sin embargo, los funcionarios consulares podrían pensar que esto es un requisito, al igual que podrían pensar que los cónyuges de ciudadanos estadounidenses sólo pueden entrar para determinados fines, así que intente no mencionar la ubicación de su esposa si puede evitarlo, pero esté preparado para argumentar. Si intentan hacer valer cualquiera de las dos restricciones, pídales que mencionen el párrafo de la OE que contiene esa restricción.

Sé que el CBP tiene una amplia discreción y puede negar la entrada por cualquier razón

Esto no es cierto, pero también podría serlo, ya que si un agente fronterizo decide no admitirle por una razón inapropiada (como el color de sus zapatos, o tal vez algo más pernicioso), el agente puede alegar que la denegación de entrada se basó en una razón permisible, y no hay forma real de impugnarla - especialmente si usted está solicitando la admisión en virtud del programa de exención de visado (es decir, habiendo viajado a los EE.UU. con autorización del ESTA).

Puede que todo esto sea más problemático de lo que vale, pero si lo intentas, por favor vuelve y publica una respuesta describiendo tu experiencia.

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