Pagué un visado B1/B2 y más tarde descubrí que debía ir a por un visado para periodistas y medios de comunicación. Puedo cambiarlo a través del banco o se puede obtener de alguna manera?
Respuesta
¿Demasiados anuncios?¿Cómo puedo convertir mi solicitud B1/B2 en una solicitud de visado I?
Póngase en contacto con el centro consular o de solicitud de visados. Es posible que tenga que retirar la solicitud B1/B2; seguramente tendrá que añadir los documentos de elegibilidad y otros documentos de apoyo esenciales para la Visado para periodistas y medios de comunicación :
Prueba de empleo
- Periodista de plantilla: Una carta de su empleador que indique su nombre, el cargo que ocupa en la empresa y el propósito y la duración de su estancia en Estados Unidos.
- Periodista independiente contratado por un medio de comunicación: Una copia del contrato con la organización de medios de comunicación que muestre su nombre, el cargo que ocupa en la empresa, la duración del contrato y el propósito y la duración de su estancia en Estados Unidos.
- Equipo de cine de los medios de comunicación: Una carta de su empleador en la que figure su nombre, el cargo que ocupa en la empresa, el título y una breve descripción del programa que se está filmando, y el propósito y la duración de su estancia en Estados Unidos.
- Productora independiente contratada por un medio de comunicación: Una carta de la organización que encarga el trabajo en la que figure su nombre, el título y una breve descripción del programa que se va a filmar, la duración del contrato y el periodo de tiempo necesario para el rodaje en Estados Unidos.
Además de estos elementos, debe presentar una carta de cita para la entrevista que confirme que ha reservado una cita a través de este servicio . También puede llevar los documentos de apoyo que crea que respaldan la información proporcionada al funcionario consular.
¿Es el mismo precio?
La tasa de solicitud del Visado para periodistas y medios de comunicación I es de 160 dólares.
Si se emite un visado, puede haber una tasa adicional de reciprocidad de emisión de visado, dependiendo de su nacionalidad. El Departamento de Estado sitio web puede ayudarle a averiguar si debe pagar una tasa de reciprocidad para la expedición de visados y cuál es el importe de la tasa.
¿Se puede obtener en absoluto?
Los visados para medios de comunicación son para los "representantes de los medios de comunicación extranjeros", incluidos los miembros de la prensa, la radio, el cine o la prensa escrita, cuyas actividades son esenciales para la función de los medios de comunicación extranjeros, como los reporteros, los equipos de filmación, los editores y las personas con ocupaciones similares, según las leyes de inmigración estadounidenses, que viajan a Estados Unidos para ejercer su profesión. El solicitante debe realizar actividades cualificadas para una organización de medios de comunicación que tenga su sede en un país extranjero. La actividad debe ser esencialmente informativa y generalmente asociada al proceso de recopilación de noticias, informando sobre acontecimientos reales de actualidad, para poder optar al visado para medios de comunicación. El funcionario consular determinará si una actividad reúne los requisitos para el visado para medios de comunicación.
Periodistas autónomos sólo se considerará para un visado I si se cumplen todos los criterios siguientes. El periodista debe:
- Estar en posesión de una credencial expedida por una organización periodística profesional
- Estar contratado por un medio de comunicación
- Difundir información o noticias no destinadas principalmente al entretenimiento comercial o a la publicidad
Los fotógrafos de fotografía están autorizados a entrar en Estados Unidos con visados B-1 para realizar fotografías, siempre que no reciban ingresos de una fuente estadounidense.
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El banco no tiene nada que ver. Es posible que pueda cambiar la solicitud informando al consulado, si su visado no ha sido ya expedido o rechazado.