Esto depende principalmente de si ha reservado el vuelo de conexión como un billete único o por separado.
Si ha reservado los vuelos por separado, la pérdida de la conexión es de su entera responsabilidad.
Si has reservado un billete sencillo, es responsabilidad de la aerolínea emisora cumplir el contrato y hacer frente a cualquier imprevisto. En casi todos los casos, la aerolínea te pondrá en un avión posterior.
En ambos casos, puede tener derecho a una indemnización en virtud de normas como Reglamento UE 216/2004 o las condiciones de la aerolínea que sustituyó Norma estadounidense 240 después de la desregulación. Cuál de ellas se aplica puede ser una cuestión complicada. Estas regulaciones le dan derecho a algunas o todas las siguientes cosas:
- Alojamiento, comida y comunicación mientras espera un vuelo retrasado o una conexión perdida.
- Una compensación en metálico por los mayores retrasos.
- La opción de continuar el vuelo lo antes posible (quizás incluso con otra aerolínea), en un momento posterior de, o que se le reembolse.
Sin embargo, es posible que no sean aplicables a los retrasos causados por "actos de Dios", es decir, factores imprevisibles y ajenos al control de la aerolínea, lo que incluiría el caso que describes. Pero al menos en el caso del reglamento de la UE, el primer punto (alojamiento, comida, comunicación) se exige siempre, hasta erupciones volcánicas .