Actualmente existe una prohibición que impide la entrada en Estados Unidos a cualquier persona que haya pisado el Espacio Schengen (y otros países) en los últimos 14 días (y eso incluye el tránsito), a menos que cumpla una serie de exenciones (ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes y sus familias, etc.).
Así que en el caso general, el tránsito por el CDG impide efectivamente la entrada en Estados Unidos, mientras que el tránsito por Oriente Medio no lo impide .
Sin embargo:
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La India es ahora también un país de este tipo, por lo que si se le permite entrar en EE.UU. viniendo de la India, se le permite también el tránsito por Schengen;
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Hay exenciones para los titulares de visados F-1 Sin embargo, las normas son un poco más específicas.
Las normas de la India para los estudiantes son actualmente :
Estudiantes y ciertos académicos cubiertos por programas de intercambio de visitantes. Los estudiantes sujetos a estas proclamaciones geográficas de COVID debido a su presencia en India, China, Irán, Brasil o Sudáfrica pueden calificar para una Excepción de Interés Nacional sólo si su programa académico, incluyendo el entrenamiento práctico opcional (OPT), comienza el 1 de agosto de 2021 o después. Los estudiantes con visados F-1 y M-1 válidos que tengan la intención de comenzar o continuar un programa académico, incluida la formación práctica opcional, que comience el 1 de agosto de 2021 o después, no necesitan ponerse en contacto con una embajada o consulado para solicitar una Excepción por Interés Nacional individual para viajar. Pueden entrar en los Estados Unidos no antes de 30 días antes del comienzo de sus estudios académicos. Los estudiantes que deseen solicitar nuevos visados F-1 o M-1 deben comprobar el estado de los servicios de visado en la embajada o consulado más cercano; aquellos solicitantes que resulten ser aptos para un visado F-1 o M-1 serán considerados automáticamente para una excepción de interés nacional para viajar.
(por lo que tengo entendido, los titulares de visados F-1 de otros países sujetos a la prohibición pero que no figuran en la lista anterior no tienen la restricción del 1 de agosto de 2021).
Tenga en cuenta que los visados de estudiante se encuentran en una categoría específica, ya que no figuran directamente en las exenciones de las distintas proclamaciones presidenciales, sino que se consideran "excepciones de interés nacional", por lo que las normas exactas las decide el Departamento de Estado.
Ver aquí para más información.
Por lo que tengo entendido, en su caso concreto Siempre que su programa comience en agosto o más tarde, debería poder transitar por el CDG.
Puede ponerse en contacto con su embajada o consulado local de EE.UU. para confirmarlo.