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¿Están los cónyuges de ciudadanos de la UE exentos de las normas Shengen 90/180?

He leído mucha información sobre los cónyuges de ciudadanos del EEE/UE, pero no he podido encontrar una respuesta definitiva para nuestras circunstancias específicas. Yo soy ciudadano británico con pasaporte británico y mi mujer es francesa con pasaporte francés con estatus de residente en el Reino Unido. Queremos hacer un viaje por carretera por Europa el próximo verano, lo que significaría pasar más de 90 días de los 180 en la zona Schengen, viajando al menos a 6 países Schengen diferentes de mayo a septiembre. El propósito del viaje sería principalmente el turismo, pero también visitaríamos a su familia en Francia como parte de este viaje.

Obviamente, ella tiene libertad de movimiento en la zona, pero yo, como su cónyuge y viajando juntos todo el tiempo, ¿tendría también libertad de movimiento o se me aplicarían las normas 90/180? ¿Alguien tiene detalles de la documentación específica que trata de este escenario?

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Me ha resultado difícil conseguir que los funcionarios del gobierno lo reconozcan, pero una simple lectura de la directiva de libre circulación y del Código de Fronteras Schengen lleva a la conclusión de que la regla 90/180 no se aplica a usted en las circunstancias que describe.

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Tengo doble nacionalidad británica e irlandesa, por lo que puedo utilizar las colas de la UE, el EEE y Suiza en las fronteras. Mi mujer sólo es británica. He tenido problemas para meterla en la misma cola. Por ejemplo, el año pasado en el aeropuerto de Copenhague me dijeron: aquí no hacemos eso. No me he quejado porque, hasta ahora, no nos hemos encontrado con una cola de extracomunitarios muy mala.

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Jivings Puntos 78

Está exento siempre que viaje con su cónyuge de la UE. Pueden aplicarse formalidades administrativas si permanece en un país más de 3 meses consecutivos.

El Manual práctico para guardias fronterizos aunque no es jurídicamente vinculante, representa la posición de la Comisión Europea en materia de interpretación del Código de Fronteras Schengen y de otras leyes pertinentes de la Unión.

En las páginas 17-18, sección 2.1.2:

En el caso de los nacionales de terceros países que son miembros de la familia de la UE, el EEE y la CH tienen derecho a residir en un Estado miembro durante un periodo máximo de tres meses si están en posesión de un pasaporte válido y acompañan o acompañan o se reúnen con el ciudadano de la UE, del EEE o de la Confederación, sin ninguna limitación a 90 días en un periodo de 180 días período de 180 días.

Hay que tener en cuenta que los nacionales de terceros países que son miembros de la familia de ciudadanos de la UE, del EEE y de ciudadanos de la UE, del EEE y de la CH tienen derecho a acompañar o reunirse con el ciudadano de la UE, del EEE o de la CH durante períodos consecutivos de hasta tres meses por Estados Schengen sin ninguna condiciones o formalidades (excepto la necesidad de tener un visado para los nacionales de terceros países de un país sujeto a la obligación de visado).

además

Las estancias anteriores realizadas en la zona sin controles en las fronteras interiores acompañando al ciudadano de la UE, del EEE o de la CH o uniéndose a él no deben tenerse en cuenta para el cálculo del cumplimiento de la regla de los 90/180 días que sólo es aplicable a la estancia corta.

y para los ejemplos da

Un ciudadano indio casado con una ciudadana francesa puede acompañar a su cónyuge francesa a Alemania durante tres meses, a España durante dos meses y a Italia durante tres meses, permaneciendo así en la zona sin controles en las fronteras interiores durante un periodo total consecutivo de ocho meses.

Un ciudadano japonés está casado con una ciudadana estonia y nunca ha venido a la UE antes. El ciudadano japonés acompaña a su cónyuge estonio a Italia durante un mes. Justo después de ese mes, el cónyuge estonio deja Italia y vuelve a Japón para trabajar. El El ciudadano japonés puede permanecer solo durante otros 90 días (se aplica el límite de 90 días en un periodo de 180 días). se aplica)

Las estancias de más de tres meses o el establecimiento de la residencia en un país de la UE/EEE/CH se permiten, por supuesto, para una persona que permanezca junto a su cónyuge de la UE/EEE/CH en virtud de la libertad de circulación, pero el país puede imponer ciertas formalidades y condiciones administrativas (por ejemplo, solicitar un permiso de residencia).

En el caso de Francia, al ser el país de origen de su cónyuge, pueden aplicarse las normas nacionales. Pero en cualquier caso, tu mujer ha ejercido sus derechos de libre circulación en otro Estado de la UE (en ese momento) (Reino Unido), así que no debería importar.

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