Yo mismo estoy pasando por este proceso, y me gustaría añadir más información a la otra respuesta.
Como cónyuge, debe solicitar un visado de turista normal (hasta 90 días de estancia), independientemente de que su país forme parte del programa de exención de visado o no.
En cuanto a los requisitos exactos de los documentos, esto depende de la embajada o el consulado en el que se solicite y los requisitos pueden ser incluso diferentes entre un consulado y una embajada dentro del mismo país. Por lo tanto, asegúrese de ponerse en contacto con el lugar exacto donde va a solicitar el visado de antemano. Algunos documentos que puede necesitar son
- Koseki touhon (de no más de tres meses de antigüedad): es el más difícil de adquirir, ya que necesitará una copia original enviada desde la ciudad natal de su cónyuge en Japón. No se pueden expedir en el extranjero.
- Formulario de solicitud de visado: https://www.mofa.go.jp/files/000124525.pdf
- Foto de pasaporte (45 mm x 35 mm / tomada en los últimos seis meses)
- Certificado de matrimonio de su país de origen
- Nóminas o extractos bancarios de los últimos tres meses
- Copia de su visado en su país de residencia si no es el mismo que su país de ciudadanía
- Plan de actividades en el que debe indicar qué hará cada día durante su estancia https://www.mofa.go.jp/files/000262548.pdf
- Carta de invitación de su cónyuge https://www.mofa.go.jp/mofaj/files/000472928.pdf
- El jyuminhyou de su cónyuge - registro de residencia en Japón ( https://en.wikipedia.org/wiki/J%C5%ABminhy%C5%8D )
- Copia del pasaporte o del permiso de residencia japonés de su cónyuge
- Carta en la que se indique la necesidad de viajar a Japón en estas circunstancias
- Carta en la que se indique el lugar de cuarentena y el modo de llegar desde el puerto de entrada al lugar de cuarentena
- Horario de vuelos
ACTUALIZACIÓN A partir del 1 de diciembre de 2021, durante al menos un mes, los visados de corta duración ya no se emiten ni son válidos, a menos que haya motivos humanitarios de excepción. Los visados de larga duración, como por ejemplo, si quiere trasladarse a Japón con su cónyuge/ a la residencia de su cónyuge en Japón, siguen siendo emitidos/válidos: https://www.ch.emb-japan.go.jp/itpr_de/coronavirus_de.html