Hace poco tuve un gran retraso en un vuelo. Según el Reglamento (CE) nº 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004 Esto me da derecho a una compensación por parte de la aerolínea.
¿En qué plazo debe entregarse esta indemnización? Ya han pasado más de dos meses desde que solicité la indemnización.
Para otras circunstancias, como el desvío o el descenso de categoría, parece estipular que el reembolso debe abonarse en un plazo de siete días:
Por ejemplo, Right to reimbursement or re-routing
afirma
reimbursement within seven days, ....
Además, como en un principio tenía la intención de utilizar la compensación para mi siguiente vuelo, opté por la opción del "vale", que valía el 150% del importe de la compensación para vuelos con la misma compañía aérea. En mi interpretación de lo que sigue, esto no cambia nada en relación con el plazo en que debe darse la compensación.
La compensación mencionada en el apartado 1 se pagará en efectivo, mediante transferencia bancaria electrónica, órdenes bancarias o cheques bancarios o, con el acuerdo firmado del pasajero, en bonos de viaje y/u otros servicios.
Entonces, ¿cuál es el plazo en el que deben emitirse las indemnizaciones?