Esta pregunta debe ser un duplicado aunque no encuentro un duplicado exacto.
Sí se puede . No obstante, tenga en cuenta que el tiempo máximo legal de visita lo determinará el agente de inmigración del puerto de entrada, normalmente el estándar 6 meses (estará en sus registros I94) o puede ser menor dependiendo de su evaluación, o el estado de ánimo o su suerte, etc.
Cuatro meses múltiples una vez al año es una cantidad de tiempo razonable, sobre todo si estás jubilado. Si estás en edad de trabajar, las visitas múltiples pueden hacer sospechar que estás trabajando aquí (está prohibido trabajar, incluso a distancia, para una organización de tu país o de otro país).