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Extensión H-4 concedida después de salir de EE.UU. - ¿puedo volver a entrar de visita?

Solía residir en EE.UU. con un visado H-4 (de cónyuge), pero recientemente acepté un trabajo en el extranjero y me trasladé fuera del país. Justo antes de eso, mi cónyuge y yo solicitamos la prórroga del visado, ya que nuestros visados estaban a punto de expirar. A mi cónyuge le aprobaron su solicitud con bastante rapidez, pero la mía tardó tanto que acabé saliendo del país antes de que saliera el resultado de la solicitud.

Ahora, después de vivir y trabajar en el extranjero durante unos dos meses, me he enterado de que me han concedido la prórroga H-4. Mi entendimiento intuitivo es que yo debe poder reclamar y utilizar este visado H-4 para visitar a mi cónyuge, ya que no impone ninguna condición de residencia continuada en Estados Unidos (que haya podido encontrar). Sé que los visados H-4 prohíben al titular del visado trabajar mientras esté en EE.UU., pero entiendo que no debería haber problema si lo visito durante mis vacaciones, por ejemplo. Sin embargo, no he podido encontrar ninguna norma que indique claramente si esto es posible o no.

Mis preguntas son:

1) ¿Tengo derecho a solicitar y utilizar este visado H-4 para visitar Estados Unidos mientras resido y trabajo en el extranjero?

2) ¿Otras personas en situaciones similares han reclamado y utilizado con éxito sus visados para visitar mientras residían y trabajaban en el extranjero?


EDITAR:

Gracias a usuario102008 por señalar la diferencia entre el visado y el estado - Tenía las dos cosas mezcladas, y se volvió muy confuso por eso.

Por si le sirve a alguien más, he aquí algunas definiciones extraídas de este documento del USCIS (página 18):

A visado [...] permite a la persona viajar a EE.UU. y solicitar la entrada en esa categoría de no inmigrante . El visado es válido durante un tiempo determinado, y puede utilizarlo para solicitar la entrada mientras el visado sea válido.

A la persona admitida se le concede una estado basado en el visado y es admitido por un periodo de tiempo determinado. [...] El registro I-94 muestra la categoría de no inmigrante u otro estatus en el que el no inmigrante fue admitido y cuánto tiempo está autorizado a permanecer. El periodo de admisión no suele coincidir con la validez del visado porque éste tiene una finalidad diferente.

Para recapitular mi pregunta, pero con los términos adecuados:

  1. Estaba residiendo en los Estados Unidos con un H-4 estado ;
  2. Solicité una prórroga de estatus en tiempo y forma, pero tanto mi estatus como mi visado expiraron antes de recibir una decisión [véase la nota al margen más abajo];
  3. Después de salir de los Estados Unidos, recibí un aviso de que la extensión de estado se concedió la solicitud;
  4. Sin embargo, como mi antiguo visado ha caducado, necesito un visado para volver a entrar en el país.

En conclusión

Necesito obtener un nuevo visado H-4. Todavía no estoy seguro de si el nuevo estatus puede facilitarme la obtención de un nuevo visado o si tengo que presentar una nueva solicitud desde cero, pero ese es un tema para otra pregunta.

Aun así, me gustaría saber de otras personas que hayan pasado por la misma situación.


Nota al margen: según la página 7 del mismo documento del USCIS enlazado anteriormente, cuando mi estatus expiró me convertí oficialmente en fuera de estado , pero no acumulé presencia ilegal a efectos de inadmisibilidad :

¿Qué pasa si presento la solicitud a tiempo pero el USCIS no toma una decisión antes de que expire mi I-94? Su estatus legal de no inmigrante termina, y usted está fuera de estatus, cuando la fecha de su sello de admisión o su formulario I-94 expira, incluso si usted ha solicitado oportunamente la extensión del período de su estatus de no inmigrante. [...]

No obstante, el DHS puede aplazar la apertura de un procedimiento de expulsión contra usted hasta que el USCIS decida sobre su solicitud de prórroga de su estatus de no inmigrante. Además, aunque no tenga un estatus legal de no inmigrante, no acumula "presencia ilegal" a efectos de inadmisibilidad según la sección 212(a)(9)(B) de la Ley, mientras su solicitud de prórroga esté pendiente.

Esto es importante porque puede parecer que me he excedido en la visita. Por lo tanto, uno debe guardar los documentos relacionados con su solicitud de extensión de estatus y mostrarlos en su próxima reentrada en los EE.UU., como se describe en la página 6 del documento mencionado:

¿Qué ocurre si solicito una prórroga a tiempo, pero salgo de EE.UU. antes de que el USCIS tome una decisión sobre mi solicitud? Si sale de EE.UU.

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Solicitas un nuevo visado de la misma manera que solicitaste el anterior: rellenas el formulario DS-160 y presentas los documentos que te piden para respaldar tu elegibilidad para el H-4. Tenga en cuenta que el material que piden puede incluir cosas que documentan el estado actual de su cónyuge y el empleo, pero es menos probable que incluya algo sobre su propia solicitud de extensión ahora abandonada, es decir, estarán más interesados en el estado actual de su cónyuge que en su propio estado anterior. Dicho esto, deberías llevar tu aprobación de la prórroga a la entrevista del visado por si surge el tema de la estancia excesiva.

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user102008 Puntos 2666

Ha solicitado una prórroga de su H4 estado . El estatus es algo que sólo existe mientras estás en los Estados Unidos. Cuando saliste de EE.UU., dejaste de tener un estatus.

Excepto después de viajes de menos de 30 días a Canadá o México (en cuyo caso puede entrar con Revalidación Automática), la próxima vez que entre en EE.UU., deberá hacerlo con un visado estadounidense válido. Este puede ser un visado H4, o algún otro visado, y serás admitido en un nuevo estatus desde cero, con el estatus que tenga la misma categoría que tu visado, y por una nueva duración basada en las normas de admisión de ese visado. (O si entras en el Programa de Exención de Visado, serás admitido en ese estatus desde cero. O si eres ciudadano canadiense, no necesitas un visado, pero se aplica todo lo demás que he dicho sobre ser admitido a un nuevo estatus desde cero).

Suponiendo que el funcionario de tu próxima entrada decida admitirte, el nuevo estatus y la duración que obtienes no están relacionados con el estatus que tenías durante tu estancia anterior (y si fue prorrogado y/o cambiado); simplemente se basa en el visado que presentas en esa entrada. No tiene sentido aprobar o denegar una solicitud de prórroga de estancia o de cambio de estatus cuando ya has salido de EE.UU., porque la decisión no supone ninguna diferencia: vas a ser admitido en base a tu visado en tu próxima entrada de todos modos, no en base a tu estatus anterior. (Además, no se acumula presencia ilegal mientras esté pendiente una solicitud de prórroga de estancia o de cambio de estatus no frívola y presentada a tiempo, por lo que una aprobación o denegación después de haber salido tampoco supone ninguna diferencia a efectos de presencia ilegal). Normalmente, considerarían automáticamente que su solicitud de prórroga de estancia ha sido abandonada si se fue mientras estaba pendiente; el hecho de que la hayan aprobado es probablemente un descuido. Pero, de nuevo, como he explicado, la aprobación no importa.

Su capacidad para solicitar la entrada en EE.UU. con el estatus H4 sólo depende de que usted tenga un visado H4 no caducado (o de que sea un ciudadano canadiense sin visado), y de que su cónyuge tenga el estatus H1b. No depende de si su anterior solicitud de prórroga de estancia fue aprobada, denegada o abandonada. Sí, puedes utilizar el estatus H4 para visitas, largas o cortas.

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Esta respuesta es simplemente errónea. Mientras que muchas solicitudes de prórroga de estatus se consideran abandonadas si usted sale de los EE.UU. antes de que sean aprobadas, este NO es el caso de los estatus H-1B y H-4. Esta respuesta será mejor en Expats, donde es más probable que la gente entienda los detalles de los visados H-1B/H-4.

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@Doc: La aprobación o denegación de la prórroga del estatus cuando la persona ya ha salido de los Estados Unidos no serviría de nada. Sí entiendo cómo funciona y no hay diferencia entre el estatus H1b/H4 y otros estatus en este sentido. Si usted tiene otra opinión, por favor, señale una sola diferencia que suponga aprobar o denegar una prórroga de estatus después de que la persona ya haya salido de los Estados Unidos.

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nolo.com/legal-encyclopedia/ o cualquier otro sitio disponible a través de Google. Si todavía tienes un sello de visado válido, puedes entrar usando ese sello pero con el estatus ampliado. Si no tienes un sello de visado válido, puedes utilizar la extensión aprobada (I-797) para obtener un nuevo sello de visado mientras estás en el extranjero.

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