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Regla de los 90/180. ¿Tengo que salir de Schengen durante 90 días consecutivos después del período de 180 días (aunque sólo haya permanecido 90 días en el período de 180 días)?

Soy australiano. Actualmente en Austria con un visado c. Llegué a Austria en agosto del año pasado. Y he estado entrando y saliendo de Schengen desde entonces, de manera que no he permanecido más de 90 días en un periodo de 180 días.

Estoy esperando que se procese una tarjeta roja blanca. Y para esta solicitud me pidieron que presentara las fechas en las que he entrado y salido de Austria. Presenté estos documentos y luego me dijeron que tenía que ir a una comisaría de policía local con respecto a mi visado. Allí me dijeron que había permanecido más de 90 días durante el periodo de 180 días. Al parecer, se trataba de una confusión sobre las fechas en las que había estado en Croacia (fuera de Schengen, pero ellos pensaban que Croacia formaba parte de Schengen). Después de discutirlo un poco, estuvieron de acuerdo en que no había permanecido más de 90 días durante ese periodo, sino que tenía que salir de Schengen durante un periodo consecutivo de 90 días después de que se hubiera completado el periodo de 180 días.

No creía que fuera así y no encuentro nada que lo apoye.

Me han dicho que tengo que salir del país en las próximas dos semanas.

¿Tengo que ausentarme durante 90 días consecutivos después del periodo inicial de 180 días?

Si no es así, ¿cuál es la autoridad competente para resolverlo?

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Es una ventana móvil y es un poco difícil entender su situación sin las fechas exactas. ¿Ha probado a utilizar ec.europa.eu/assets/home/visa-calculator/calculator.htm ?

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He utilizado la calculadora y he repasado las fechas con la persona que me dice que me he quedado más de lo debido y que tengo que irme. Estuvieron de acuerdo en que no me quedé más de 90 días en el período de 180. Pero que, en cambio, como el periodo de 180 días había terminado, tengo que irme durante 3 meses a pesar de todo.

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Incluyendo el día de hoy, ¿cuántos días ha estado en el espacio Schengen en los últimos 180 días?

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Christoph Rüegg Puntos 1620

La regla 90/180 utiliza una ventana móvil. Esto significa que, en cualquier día que usted esté presente en Schengen, si mira los 180 días anteriores (o más exactamente, los 179 días anteriores + el día actual), no debería haber más de 90 días pasados en Schengen (incluso 5 minutos en ese día cuentan como un día completo, por lo que se cuentan los días de llegada y salida).

Para la regla 90/180 (puede haber otros motivos), el único caso en el que es necesario pasar exactamente 90 días fuera de Schengen es si sólo ha pasado exactamente 90 días en Schengen (está en el día 90 de una estancia de 90 días en Schengen).

Para todos los demás casos, tiene que comprobar para cada día que quiera pasar en Schengen cuál fue el número de días que pasó en Schengen en los 180 días anteriores para determinar si puede permanecer en Schengen o no.

Ejemplos (numeraré los días en lugar de usar fechas porque los meses con 28/29/30/31 días son confusos).

  • Ha permanecido en Schengen desde el día 1 hasta el día 90: no puede volver a Schengen antes del día 181 (y puede decir hasta 90 días en ese momento).
  • Ha permanecido en Schengen del día 1 al 30: puede volver y permanecer un máximo de 60 días dentro del periodo comprendido entre los días 31 y 180.
    • Es posible que pueda permanecer más tiempo después del día 180, por ejemplo, si vuelve el día 121 o más tarde, podrá permanecer los 90 días completos (porque el día 181, el día 1 "saldrá" de la ventana rodante, y así los días siguientes).
  • Ha permanecido en Schengen del día 1 al 30, del 61 al 90, del 121 al 150 (cada dos meses, para un total de 90 días): no puede volver antes del día 181.
    • Si vuelves el día 181, sólo puedes estar 30 días, y luego tienes que esperar 30 días antes de volver.

Puede utilizar la calculadora en https://ec.europa.eu/assets/home/visa-calculator/calculator.htm para comprobar las cosas. Sin embargo, no es ni mucho menos la herramienta más fácil de usar que se haya inventado.

No es que todo esto sea en términos de respetar la regla de 90/180 para los visados C y los viajes sin visado. Puede haber otras normas que dicten requisitos diferentes por diversos motivos.

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"puede volver por un máximo de 60 días dentro del período comprendido entre los días 31 y 180": esto es incorrecto; la viñeta contradictoria que sigue es correcta. "Si vuelve el día 211 (30 días después), puede permanecer los 90 días completos": esto es incorrecto; la estancia autorizada ese día es de 60 días (211-180=31; el segundo y tercer periodo de presencia siguen siendo relevantes). Los 90 días completos están disponibles el día 241, el 91º día después de la última salida. Consulta mi respuesta: convirtiendo los números en fechas puedes introducirlos en la calculadora para comprobar tu trabajo.

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@phoog No veo muy bien cómo "se puede volver por un máximo de 60 días dentro del periodo de los días 31 a 180" es incorrecto: en los días 1 a 180 se puede estar 90 días, si se usan 30 días quedan 60. Ten en cuenta que he escrito "dentro del periodo de los días 31 a 180", por lo que no estoy diciendo que no puedas quedarte más tiempo después del día 180 (como en el caso de la viñeta sancionada).

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@phoog Sin embargo la segunda es efectivamente incorrecta. Soy demasiado viejo para hacer cuentas en mi cabeza :-(

3voto

phoog Puntos 2256

Nota Esta respuesta no se aplica a los ciudadanos de Antigua y Barbuda, Bahamas, Barbados, Brasil, San Cristóbal y Nieves, Mauricio o Seychelles.

Después de discutirlo un poco, estuvieron de acuerdo en que no había permanecido más de 90 días durante ese periodo, sino que tenía que salir de Schengen durante un periodo consecutivo de 90 días después de que se hubiera completado ese periodo de 180 días.

Esto suena incorrecto. Más concretamente, parece que están afirmando que se requiere una ausencia de 90 días después de cualquier período de 180 días en el que haya pasado 90 días en el espacio Schengen. He aquí un contraejemplo que demuestra que esta reformulación de la norma es realmente incorrecta.

(Si permaneces en el espacio Schengen durante 90 días consecutivos, sí tienes que permanecer fuera durante 90 días consecutivos, por lo que su afirmación depende de lo que entiendan por "ese periodo de 180 días"; si se refieren al periodo de 180 días que comenzó cuando entraste, se equivocan, pero si se refieren al que terminó cuando saliste, entonces tienen razón).

  • Entrada el día 1; salida el día 80; 80 días totales de presencia.
  • Entrada el día 171; salida el día 180; 90 días totales de presencia.

¿Está prohibida la entrada hasta el día 270? o ¿hasta el día 271? Traduzcamos estos números de días en fechas y utilicemos la calculadora de Schengen. Si el día 1 es el 1 de marzo de 2021, entonces tenemos lo siguiente:

  • El 1 de abril es el día 32
  • El 1 de mayo es el día 62
  • El 19 de mayo es el día 80, el día de la salida inicial
  • El 1 de junio es el día 93
  • El 1 de julio es el día 123
  • El 1 de agosto es el día 154
  • El 18 de agosto es el día 171, el día del regreso
  • El 27 de agosto es el día 180, el día de la salida final

Introduce estas fechas en la calculadora y fija la "fecha de entrada/control" en el 28 de agosto, ¿y qué obtienes?

La estancia puede autorizarse hasta: 80 días

¿Qué? ¿Cómo es posible?

Pues bien, el 28 de agosto, el día de presencia del 1 de marzo ya no cuenta, porque es el 181º día antes del 28 de agosto (contando inclusive). El total de presencia en el periodo comprendido entre el 2 de marzo y el 28 de agosto, ambos inclusive, sigue siendo de 90, por lo que la estancia es legal. El mismo principio se aplica al día siguiente, y así sucesivamente, lo que da como resultado 80 días adicionales de presencia permitida.

De hecho, una ausencia de 90 días en el espacio Schengen siempre le permite regresar hasta 90 días.

Sin embargo, si tiene más de una visita en juego, tendrá una serie de "reinicios parciales" durante su ausencia de 90 días. Por ejemplo, suponga que estuvo en el espacio Schengen del 1 al 15 de cada mes entre marzo y mayo. ¿Cuántos días puede permanecer a su regreso?

Si devuelve

  • entre el 16 de mayo y el 13 de julio, puedes entrar para una estancia de hasta 45 días
  • entre el 14 de julio y el 29 de julio, puedes entrar para una estancia de hasta 60 días
  • entre el 30 de julio y el 13 de agosto, puedes entrar para una estancia de hasta 75 días
  • el 14 de agosto o más tarde, puede entrar para una estancia de hasta 90 días.

En resumen, el comportamiento de esta norma es contraintuitivo y, como has visto de primera mano, es fácil aplicar la norma de forma incorrecta, incluso para los funcionarios encargados de hacerla cumplir. Si es probable que te encuentres de nuevo con esa persona, sería una buena idea poner tus datos en la calculadora de Schengen e imprimir el resultado.

Si no es así, ¿cuál es la autoridad competente para resolverlo?

Todas y cada una de las autoridades con poder para hacer cumplir la ley de inmigración. Desgraciadamente, esto incluye probablemente a las autoridades con las que ya estás tratando. Lo mejor es mostrarles los resultados de la calculadora. Si esto no les convence, tendrás que preguntar por un recurso, lo que implica alguna acción formal contra ti. Así que podrías pedirles que describan las consecuencias si no te vas como ellos dicen que debes hacerlo; esto puede ayudarte a identificar si la acción formal la tomaría un organismo diferente (por ejemplo, la policía de inmigración en lugar de la "policía local"), y podrías dirigirte a ese organismo para ver cómo aplican la norma.

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James Skidmore Puntos 13628

¿Puede indicarme la documentación oficial al respecto? Necesito algo para demostrar a la policía que esta es la norma porque me dicen lo contrario

Aquí está el texto (sólo en alemán) que se encuentra en el Ministerio Federal de Asuntos Exteriores (alemán), que da una muestra de cómo se debe utilizar la norma. He añadido una traducción aproximada al inglés.

Tiene en cuenta que la norma debe aplicarse en un día a día de manera que los días en el Espacio Schengen que puedan haber salido del rango/ámbito de aplicación (rolling window), ya no se tienen en cuenta.

Tal vez esto sea más útil que el texto original del artículo 6.1 del Código de fronteras Schengen:

Para estancias previstas en el territorio de los Estados miembros de una duración no superior a 90 días en un periodo de 180 días lo que implica considerar el período de 180 días anterior cada día de estancia ...


Cálculo de la duración de la estancia con visado Schengen (90/180) - Ministerio Federal de Asuntos Exteriores
¿Cómo hay que entender esta nueva normativa?

Supongamos que un extranjero tiene un visado anual para los Estados Schengen, válido del 01.01.2019 al 31.12.2019.
Se encuentra en los Estados Schengen el 18.10.2019.

Para la evaluación de la legalidad de sus actividades an diesem Tag se considera el período del 22.04.2019 al 18.10.2019.
Se trata exactamente del periodo de 180 días naturales que finaliza el 18 de octubre.
Ahora, se cuentan todos los días de este periodo en los que el extranjero ha permanecido en los Estados Schengen, ha entrado o ha salido.

Si el número de esos días no supera los 90, su estancia en ese día, el 18 de octubre, es legal.

Si la persona no está presente, entonces no hay nada que hacer. en el siguiente día erneut evalúa la legalidad de su estancia.

Pero el periodo aquí es diferente, del 23/04/2019 al 19/10/2019 - de nuevo 180 días; pero las fechas de inicio y fin de este periodo se desplazan un día .

Esta valoración será para cada día El procedimiento se realiza el día en que el extranjero se encuentra en los Estados Schengen.

¿Cómo hay que entender esta nueva normativa?

Supongamos que un extranjero tiene un visado de un año para los países Schengen, válido del 2019-01-01 al 2019-12-31.
El 2019-10-18 están en los estados de Schengen.

Evaluar la legalidad de su estancia ese día Se considera el período comprendido entre el 22-04-2019 y el 18-10-2019.
Se trata exactamente del periodo de 180 días naturales que finaliza el 18 de octubre.
Ahora se cuentan todos los días de este periodo en los que el extranjero ha permanecido en los países Schengen, ha entrado o ha salido del país.

Si el número de estos días no supera los 90, su estancia en ese día, el 18 de octubre, es legal.

Si el extranjero no abandona el país, la legalidad de su estancia será reevaluado al día siguiente .

Pero el periodo es diferente, concretamente del 23 de abril de 2019 al 19 de octubre de 2019, de nuevo 180 días; pero las fechas de inicio y fin de este periodo se desplazan un día .

Esta evaluación se lleva a cabo para cada día que el extranjero se encuentre en los Estados Schengen.

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