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¿Las tripulaciones de los vuelos que no son de Schengen y que trabajan dentro y fuera de la zona están sujetas a la norma de los 90/180 días?

Sólo quiero saber si afecta a la disponibilidad de las tripulaciones de vuelo para trabajar gracias de antemano.

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phoog Puntos 2256

Normalmente, los miembros de la tripulación de vuelo entrarán en el espacio Schengen sobre la base de una licencia de piloto o un certificado de tripulación (véase el punto 2 del Anexo VII del Código de fronteras Schengen ), que no debe ser sellado (véase el apartado 2 del artículo 11).

El código no contiene una exención explícita de la regla 90/180 en estos casos, pero la exención explícita de estos documentos de ser sellados es una exención implícita de la regla 90/180 porque los sellos son el registro por el que se calcula la presencia en el espacio Schengen.

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