Como extranjero (no) residente en EE.UU., ¿qué documentos (si los hay) hay que llevar en todo momento?
Por desgracia, no está claro. Al menos, no está lo suficientemente claro como para que al menos una agencia gubernamental estadounidense tergiverse con frecuencia los requisitos legales en sus declaraciones oficiales.
Hace unos años, por ejemplo, un sirio fue detenido a pesar de que se le había concedido el asilo y de haber mostrado a los agentes un documento de autorización de empleo (EAD) un documento que satisface explícitamente el requisito del 8 USC 1304(e) porque se encuentra en la lista de 8 CFR 264.1(b) . En respuesta, un funcionario de la Patrulla Fronteriza de los Estados Unidos envió una declaración a varios periodistas que incluía esta afirmación incorrecta ( citado aquí en una entrada del blog de un abogado de inmigración estadounidense ):
Según el artículo 8 USC 1304(e), todos los inmigrantes mayores de 18 años están obligados a llevar documentos de inmigración que demuestren que están en Estados Unidos legalmente. Ni el EAD ni el permiso de conducir se consideran documentos válidos para cumplir esta ley.
No sólo es incorrecta la afirmación sobre el EAD, sino también la caracterización del 8 USC 1304(e). En primer lugar, no se limita a los inmigrantes, sino que se aplica a los extranjeros en general, incluyendo por tanto a los no inmigrantes. En segundo lugar, no les exige de forma general que tengan documentos que demuestren su estatus, sino sólo que tengan una "tarjeta de registro de extranjero" (que se especifica en el reglamento 8 CFR 264.1). En tercer lugar, sólo les exige tener dicho documento si se les ha expedido, por lo que no se aplica a las personas que cruzaron la frontera sin inspección.
La entrada del blog enlazada anteriormente también enlaza con un artículo de la revista jurídica que describe el estado incoherente del registro de extranjeros en Estados Unidos . Las disposiciones sobre el registro y la documentación de los extranjeros se aplican de forma diferente a las distintas clases de extranjeros.
Pensemos, por ejemplo, en un turista. Uno con visado se ha registrado cuando se emitió el visado ( 8 USC 1201(b) ), pero el recibo de registro oficial previsto en la normativa es el formulario I-94. Sin embargo, a la mayoría de los no inmigrantes ya no se les expide un formulario real; en su lugar, hay algunas definiciones en 8 CFR 1.4 que se supone que apoyan la existencia del I-94 como un "formulario" virtual que surge de la creación de un registro en la base de datos. Para evitar que esas personas estén en infracción antes de imprimir su propio I-94 desde el sitio web del gobierno (algo que la mayoría probablemente no sabe que es posible, y mucho menos por qué querría hacerlo), la normativa también permite que un sello de pasaporte sea un recibo de registro válido para los no inmigrantes.
La mejor respuesta a esta pregunta, por tanto, es probablemente que los extranjeros en EE.UU. deben evaluar los riesgos de llevar o no llevar varios documentos a la luz de su situación individual de inmigración, la probabilidad de ser objeto de la aplicación de la ley de inmigración y la tolerancia al riesgo.
Un turista en la ciudad de Nueva York, por ejemplo, se enfrenta a una probabilidad mucho mayor de pérdida o robo de un pasaporte que de encontrarse con la aplicación de la ley de inmigración, ya que la probabilidad de la aplicación de la ley de inmigración es efectivamente cero. Simplemente no tiene sentido aconsejar a esa persona que lleve su pasaporte en todo momento si no hay otra razón. ¿Debería aconsejarse a los turistas en Nueva York que impriman una copia del I-94 para que puedan dejar legalmente sus pasaportes en un lugar seguro? La probabilidad de que se aplique es tan inexistente que incluso tomarse la molestia de hacerlo no parece estar justificado por el beneficio inexistente.
Un turista que viaja en autobús interurbano cerca de la frontera canadiense o (especialmente) mexicana es muy probable que se encuentre con la Patrulla Fronteriza de EE.UU. y debe estar preparado para satisfacer sus demandas. Estrictamente hablando, una impresión del I-94 es suficiente por sí misma, pero la USBP seguramente querrá un documento de identificación seguro, por lo que tener el pasaporte sería útil. Sin él, hay más posibilidades de que le lleven a la comisaría para verificar su identidad.
Digo "cerca de la frontera" porque la Patrulla Fronteriza de los Estados Unidos opera en gran medida dentro de la zona en la que los funcionarios de inmigración tienen mayores poderes de ejecución sin orden judicial a menos de 100 millas de la frontera exterior del país. En la práctica, el único lugar que conozco en el que se han utilizado estos poderes que no estaba a 100 millas de la frontera mexicana o canadiense es Florida. Sí, las costas este y oeste pueden estar completamente dentro de esta zona tal y como está definida legalmente, pero en la práctica las fuerzas de inmigración estadounidenses no ejercen estos poderes entre Massachusetts y Georgia ni tampoco entre, por ejemplo, Los Ángeles y la costa sur de Washington.
Alguien que viaje por la zona de operaciones de la Patrulla Fronteriza y que no viva en EE.UU. (o que no tenga ganas de emprender acciones legales) probablemente debería evitar el conflicto tomando la caracterización (errónea) de la ley por parte de la Patrulla Fronteriza de EE.UU. al pie de la letra, pero alguien que esté dispuesto a ir a los tribunales puede inclinarse por ignorarla, siempre que cumpla con los requisitos reales de la ley. El hombre sirio mencionado al principio de esta respuesta alcanzó un acuerdo de 35.000 dólares con el gobierno estadounidense.
A veces se aconseja a los estudiantes y a los no inmigrantes con estatus similar que lleven sus formularios I-20 o similares. Este requisito no tiene ningún sentido, dado que la ley se centra en los documentos de registro, pero sí tiene sentido según la interpretación errónea que hace la Patrulla Fronteriza de EE.UU. de la ley, que exige que los extranjeros puedan demostrar su condición de inmigrantes. Así que alguien con un I-20 se encuentra con una opción: cumplir con la interpretación errónea de la Patrulla Fronteriza de la ley de registro de extranjeros, o cumplir con el reglamento que se refiere explícitamente a los formularios I-20 que pide a los estudiantes que los "guarden"? Como en otros casos, esto va a ser una decisión personal basada en tu probabilidad de encontrarte con la Patrulla Fronteriza y tu tendencia personal a perder cosas. Si yo fuera un estudiante con probabilidad de encontrarme con la Patrulla Fronteriza, lo más probable es que llevara una fotocopia del I-20 y del 8 USC 214.2(f)(2), la norma que dice que los estudiantes "deben guardar" el formulario.
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Cuando estoy en Estados Unidos llevo el DNI en la cartera y un escáner del pasaporte y el visado en el teléfono. No llevo el pasaporte a menos que lo necesite.
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Pequeña actualización: Agradezco las respuestas de todos y me parecen muy útiles. Puede que en las próximas semanas reciba alguna respuesta adicional de un abogado especializado en derecho de inmigración. En función de esa respuesta, marcaré una de las respuestas existentes como "aceptada", o transmitiré la respuesta del abogado como una respuesta separada, y la aceptaré, si resulta ser sorprendentemente diferente. Siento cierta responsabilidad por "acertar" con la respuesta, para no engañar a la gente ni ponerla en riesgo de ser procesada.
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Relacionado: ¿Documentos exigidos en el puesto de control de la patrulla fronteriza de EE.UU.?
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Hay dos maneras de verlo: Qué dice la ley y cuál es la "mejor práctica" según el criterio que se elija. Hay un montón de leyes que son tontas y estúpidas y que se incumplen todo el tiempo, a menudo sin consecuencia alguna. Cuando vivía en Alemania nunca llevaba el carné de conducir: En aquella época tenía un formato muy incómodo y era fácil perderlo y estropearlo. Sí, es ilegal, pero lo peor que puede pasar es que un policía excepcionalmente malhumorado te multe con 5 dólares. A mí me pasó una o dos veces, pero era mucho más barato que cambiar el carné.
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Tenga en cuenta en relación con "Llevar el pasaporte encima en todo momento parece muy arriesgado, ya que es posible perderlo o que te lo roben, y es algo que la gente suele desaconsejar" que el hurto y los robos son significativamente más comunes que los robos, por lo que es algo seguro decir que llevarlo encima durante el viaje es el lugar más seguro si se es lo suficientemente diligente como para que la "simple pérdida" no sea un riesgo. Como regla general (no específica de EE.UU.), los no residentes deben llevar siempre consigo el pasaporte.
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Sólo como curiosidad. OP no está preguntando acerca de la conducción, pero en re conducción. Digamos que usted está conduciendo con su licencia de conducir extranjera. Una vez, en los EE.UU., en un estado en particular, un policía me afirmó que si usted está haciendo eso, usted está de hecho obligado a tener su pasaporte en usted, así como la licencia de conducir extranjera. No tengo ni idea de si era cierto, pero ahí lo tienes.