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Trabajador canadiense que viaja a EE.UU.: ¿puedo trabajar durante 1-2 días para mi empleador canadiense?

Soy un trabajador canadiense empleado por una empresa canadiense. Viajaré a los Estados Unidos con un visado B1/B2 y durante 1 o 2 días, esperaba realizar mis tareas habituales de trabajo desde el AirBnb. Básicamente el mismo trabajo que realizaría para mi mismo empleador.

Por lo que he deducido, esto está bien porque no estoy trabajando para un empleador de EE.UU. y mi estancia es de minimis (a efectos del impuesto sobre la renta: estaré en EE.UU. menos de 183 días). Por otro lado, he leído opiniones que dicen simplemente "no, esto no se puede hacer".

He intentado ponerme en contacto con los consulados y las oficinas de visados (y leer las páginas pertinentes del gobierno estadounidense), pero no he tenido suerte. ¿Alguien tiene alguna fuente incontrovertible para aclarar esto?

(Soy residente canadiense, no ciudadano).

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Roger Wernersson Puntos 217

Por lo que he deducido, esto está bien porque no estoy trabajando para un empleador de EE.UU. y mi estancia es de minimis (a efectos del impuesto sobre la renta: estaré en EE.UU. menos de 183 días). Por otro lado, he leído opiniones que dicen simplemente "no, esto no se puede hacer".

Impuestos

Desde impuesto perspectiva, la corta estancia significa que no se tendría en cuenta. Esto se debería a la Tratado fiscal entre EE.UU. y Canadá Artículo XV Sin ella, debería pagar impuestos sobre los ingresos obtenidos en EE.UU. desde el primer día. Todos los ingresos obtenidos durante la estancia en EE.UU. son ingresos de origen estadounidense y están sujetos a impuestos en EE.UU., pero para los empleados de empresas extranjeras existen normas específicas que permiten evitar la tributación en EE.UU. en circunstancias muy limitadas (véase pub. 519 ). Los tratados fiscales sustituyen a estas normas y son generalmente mucho más favorables. Según el IRS :

Un extranjero no residente (NRA) suele estar sujeto al impuesto sobre la renta de EE.UU. sólo por los ingresos de origen estadounidense. A continuación se indican las normas generales para determinar los ingresos de origen estadounidense que se aplican a la mayoría de los extranjeros no residentes:

Ver Capítulo 2 de la Publicación 519, Guía de impuestos de EE.UU. para extranjeros para obtener más detalles.

Item of Income                      | Factor Determining Source
------------------------------------|----------------------------
Salaries, wages, other compensation | Where services performed

Inmigración

Desde inmigración perspectiva - no, esto no se puede hacer. No puedes trabajar en Estados Unidos con un visado B1/B2. Usted son se le permite llevar a cabo reuniones de negocios, participar en conferencias o colaboraciones, etc. La lista completa de actividades permitidas cuando se está en estado B1 está aquí (nota: hay que entrar en estado B1 para que algo de esto sea relevante, no B2). Esa lista ya incluye referencias al Caso de "Hira" .

El "trabajo habitual, sólo de Air BnB" - no, no está permitido.

Desde el Departamento de Estado de EE.UU. :

Una persona con un visado de visitante (B1/B2) no puede aceptar un empleo o trabajar en Estados Unidos

Verás que algunos en este foro intentan alegar que el hecho de que el empleador sea extranjero o que el trabajo sea coincidente con unas vacaciones importa, pero estrictamente hablando legalmente no es así.

También verás que algunos compañeros de este foro defienden ferozmente que el Asunto de Hira precedente anula cualquier orientación del DoS o del USCIS. Se equivocan. Como se muestra aquí Sólo hay actividades comerciales muy específicas permitidas en virtud de ese precedente. Hay casos potenciales en los que se puede permitir que un empleado trabaje en Estados Unidos con un visado B1, pero tiene que ser un visado especial "BILOH" (B1 en lugar de H1B), anotado como tal. El DoS es proponiendo eliminar que por completo.

Puede comprobarlo preguntando al funcionario del CBP en el punto de entrada (pero prepárese para que le den la vuelta).

Si sabe que no debe hacer esta pregunta al funcionario del CBP, entonces ya sabe la respuesta.

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Xenph Yan Puntos 20883

Puede haber diferentes opiniones al respecto, aunque yo creo que está perfectamente bien ya que no obtienes ingresos de una fuente estadounidense.

Lo que es absolutamente cierto es que literalmente millones de personas lo hacen cada año y ninguna tiene problemas. Mientras hagas exactamente lo mismo que harías en Canadá, a nadie le importará. Esto supone que el motivo de tu visita a EE.UU. es totalmente independiente de tu trabajo.

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JonathanReez Puntos 2850

De iure Hay decenas de leyes y normativas complejas sobre el empleo a distancia, en virtud de las cuales se puede necesitar o no un visado especial para trabajar en un país determinado. Las leyes fiscales son una complicación adicional, ya que países como el Reino Unido pueden considerarte residente fiscal por pasar tan sólo 16 días en suelo británico.

De facto Mientras no menciones tu trabajo a distancia al personal de inmigración en el aeropuerto, hay un 99,99% de posibilidades de que nadie se entere. En Estados Unidos hay millones de personas que infringen la ley al estar empleadas en en el sitio trabajos sin una autorización de trabajo adecuada, por lo que los nómadas digitales son un muy baja prioridad para la aplicación de la ley. Lo mismo ocurre con los impuestos: la Agencia Tributaria tiene suficientes evasores de impuestos locales con los que lidiar antes de empezar a preocuparse por los turistas canadienses que hacen algún trabajo a distancia para su empleador nacional.

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