Al parecer, las personas pueden obtener un visado Schengen de corta duración (1 año) de mayor validez si se les conceden tres visados de corta duración en un periodo de dos años. Si me conceden un visado de corta duración, pero no puedo viajar (y, por tanto, utilizar el visado), ¿contará eso para los tres visados que me permiten solicitar un visado de 1 año? En este caso, técnicamente no he infringido la norma de los 90/180, pero me pregunto si tengo que viajar a la UE para que ese visado cuente para la solicitud de larga duración.
Respuestas
¿Demasiados anuncios?No.
El Código de visado Schengen nos dice, en el artículo 24:
- Siempre que el solicitante cumpla las condiciones de entrada establecidas en la letra a) y en las letras c) a e) del artículo 6, apartado 1, del Reglamento (UE) 2016/399, los visados de entrada múltiple de larga duración se expedirán para los siguientes períodos de validez, salvo que la validez del visado supere la del documento de viaje:
(a) por un período de validez de un año, siempre que el solicitante haya obtenido y utilizado legalmente tres visados en los dos años anteriores;
(b) por un período de validez de dos años, siempre que el solicitante haya obtenido y utilizado legalmente un visado de entrada múltiple anterior con una validez de un año dentro de los dos años anteriores;
(c) por un período de validez de cinco años, siempre que el solicitante haya obtenido y utilizado legalmente un visado de entrada múltiple anterior con una validez de dos años dentro de los tres años anteriores.
Los visados de tránsito aeroportuario y los visados de validez territorial limitada expedidos de conformidad con el apartado 1 del artículo 25 no se tendrán en cuenta para la expedición de visados de entrada múltiple.
(El énfasis es mío)
Por lo tanto, es necesario haber recibido y usó los tres visados.
Sin embargo, hay que tener en cuenta que continúa:
2a. No obstante lo dispuesto en el apartado 2, el período de validez del visado expedido podrá ser acortado en casos concretos en los que existan dudas razonables sobre el cumplimiento de las condiciones de entrada durante todo el periodo.
2b. No obstante lo dispuesto en el apartado 2, los consulados evaluarán, en el marco de la cooperación local Schengen, si las normas de expedición de los visados de entrada múltiple establecidas en el apartado 2 deben ser adaptado tener en cuenta las circunstancias locales y los riesgos migratorios y de seguridad, con vistas a la adopción de normas más favorables o más restrictivas de conformidad con el apartado 2d.
2c. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 2, un se puede expedir un visado de entrada múltiple con una validez máxima de cinco años a los solicitantes que demuestren la necesidad o justifiquen su intención de viajar con frecuencia o regularidad, siempre que demuestren su integridad y fiabilidad, en particular la utilización legal de visados anteriores, su situación económica en el país de origen y su intención real de abandonar el territorio de los Estados miembros antes de la expiración del visado solicitado.
(énfasis mío)
Así que, realmente, hacen lo que quieren. Pueden concederle más, pueden concederle menos. Por lo visto, algunos países suelen atenerse a la norma, mientras que otros tienen dificultades para conceder visados de larga duración. O puede depender del consulado o de la ciudadanía o de los solicitantes. O una combinación.
Por otro lado, las solicitudes sólidas pueden conseguir visados de larga duración con bastante rapidez, pero si no lo han hecho ya por ti, es poco probable que tu solicitud sea lo suficientemente sólida para ello (aunque debería fortalecerse con el tiempo).
Al parecer, se puede obtener un visado Schengen de larga duración (1 año) si se conceden tres visados de corta duración en un periodo de dos años. Si me conceden un visado de corta duración, pero no puedo viajar (y, por tanto, utilizar el visado), ¿se tiene en cuenta para los tres visados que me permiten solicitar un visado de 1 año? En este caso, técnicamente no he infringido la norma de los 90/180, pero me pregunto si tengo que viajar a la UE para que ese visado cuente para la solicitud de larga duración.
En el código de visados Schengen y en otros documentos publicados por la Comisión Europea se dice algo en este sentido, pero no está tan claro. Creo que el visado no utilizado debería seguir contando para algo porque no se ha utilizado ilegalmente, pero en última instancia la práctica es muy incoherente y los consulados hacen lo que quieren. No se puede contar con un número de visados que conduzca a nada y, desde luego, no se puede acudir a los tribunales para forzar la cuestión, así que, al final, lo único que se puede hacer es solicitarlo y esperar tener suerte.
Es importante destacar que el visado Schengen de un año es no un visado de larga duración según la legislación de la UE. Los visados Schengen pueden ser válidos hasta cinco años, pero sólo permiten al titular permanecer un máximo de 90 días seguidos en el espacio Schengen.
Los visados de larga duración son visados nacionales que permiten al titular permanecer más de 90 días en uno de los países del espacio Schengen. Los criterios son una cuestión de cada país y dependen de la categoría específica, pero los visados Schengen anteriores o las estancias cortas son esencialmente irrelevantes para las solicitudes de visado de larga duración.