1 votos

Tengo residencia permanente en Suecia y me deportaron de Dinamarca con una prohibición de entrada en Schengen de 2 años. ¿Puedo transitar por los países Schengen?

Tengo permiso de residencia permanente en Suecia y me deportaron de Dinamarca. Tengo una prohibición de entrada en Schengen de dos años. ¿Puedo transitar por cualquier país Schengen? ¿Puedo viajar a Alemania con una prohibición de entrada Schengen de dos años?

2voto

phoog Puntos 2256

¿Puedo transitar por cualquier país Schengen?

Sí, puede transitar por cualquier país Schengen para llegar a Suecia, a menos que el país por el que quiera transitar tenga una descripción específica que lo prohíba. Véase el artículo 6(5)(a) del Código de fronteras Schengen:

los nacionales de terceros países que no cumplan todas las condiciones establecidas en el apartado 1, pero que sean titulares de un permiso de residencia o de un visado de larga duración, serán autorizados a entrar en el territorio de los demás Estados miembros a efectos de tránsito para poder llegar al territorio del Estado miembro que haya expedido el permiso de residencia o el visado de larga duración, a menos que sus nombres figuren en la lista nacional de no admisibles del Estado miembro cuyas fronteras exteriores pretendan cruzar y que la descripción vaya acompañada de instrucciones de denegación de entrada o de tránsito;

Implícitamente, también debería poder transitar al salir de Suecia, pero el código no lo dice explícitamente.

¿Puedo viajar a Alemania con una prohibición de entrada Schengen de dos años?

No.

0voto

James Skidmore Puntos 13628

¿Puedo viajar a Alemania con una prohibición de entrada Schengen de dos años?

No, en base a lo que has escrito tienes una prohibición de entrada basada en Letra d) del apartado 1 del artículo 6 que se aplica a todos los países Schengen (salvo Suecia).

¿Puedo transitar por cualquier país Schengen?

No, debido a la prohibición, no puede dejar Suecia para transitar o permanecer en otros países Schengen.

Artículo 6, apartado 5 sólo se aplicaría en el caso de: llegar a Copenhague (u Oslo) desde el Reino Unido y luego tránsito a través de Dinamarca (o Noruega) para llegar a Suecia (que expidió el permiso de residencia) cuando la persona ha ninguna prohibición .


Artículo 6 Condiciones de entrada para nacionales de terceros países
1. Para estancias previstas en el territorio de los Estados miembros de una duración no superior a 90 días en un período de 180 días, lo que implica considerar el período de 180 días anterior a cada día de estancia, las condiciones de entrada para los nacionales de terceros países serán las siguientes:
...
(d) no se trata de personas que hayan sido objeto de una descripción en el SIS para el motivos de denegación de entrada ;
...
5. No obstante lo dispuesto en el apartado 1:
(a) los nacionales de terceros países que no cumplan todas las condiciones establecidas en el apartado 1, pero que sean titulares de un permiso de residencia o de un visado de larga duración, estarán autorizados a entrar en el territorio de los demás Estados miembros con fines de tránsito para llegar al territorio del Estado miembro que haya expedido el permiso de residencia o el visado de larga duración, a menos que sus nombres figuran en la lista nacional de no admisibles del Estado miembro cuyas fronteras exteriores desean cruzar y la alerta va acompañada de instrucciones para denegar la entrada o tránsito;
...

ViajeroSabio.com

ViajeroSabio es una comunidad de viajeros en la que puedes resolver tus problemas y dudas.
Puedes consultar las preguntas de otros viajeros, hacer tus propias preguntas o resolver las de los demás.

Powered by:

X