Hace poco volaba de BER (Berlín, Alemania) vía FRA (Frankfurt, Alemania) a IAD (Washington, EE.UU.). El avión designado para el vuelo BER-->FRA llegó con retraso debido al mal tiempo en el aeropuerto de salida. Por lo tanto, mi vuelo de BER a FRA se retrasó, perdí mi vuelo de conexión a IAD y llegué con más de 3 horas de retraso a mi destino. Sin embargo, el tiempo en mi aeropuerto de salida BER era bueno para la salida como otros aviones comenzaron sin ningún problema.
Tras reclamar mi indemnización, la compañía aérea la rechazó, como era de esperar, alegando malas condiciones meteorológicas. Las preguntas aquí y aquí sugieren, que aún podría tener derecho a una indemnización.
Así que mi pregunta es: ¿tengo derecho a una indemnización? ¿Existe algún documento o recurso jurídico que lo avale?
Actualización: Según sitios de periódicos, la decisión en el caso Jager contra easyJet 2013 sugieren que las condiciones meteorológicas adversas no son motivo de denegación de una reclamación en virtud del Reglamento (CE) nº 261/2004 a menos que el "vuelo en cuestión" se haya visto directamente afectado por las condiciones meteorológicas. ¿Existe algún documento jurídico que respalde esta afirmación?