2 votos

¿Puedo trabajar a distancia desde Estados Unidos con un visado B1/B2 si estoy contratado por una sucursal extranjera de una empresa estadounidense a través de una agencia de recursos humanos extranjer

Voy a visitar EE.UU. durante una semana y me gustaría saber si la ley me permite continuar con mi trabajo habitual durante mi visita.

Estoy empleado como programador por una agencia extranjera y destinado en una entidad extranjera, que es una sucursal de una empresa con sede en Estados Unidos.

Todo mi trabajo se realizaría a distancia, y no desde ninguna oficina estadounidense de la empresa.

Si no se permite, ¿podré participar en reuniones de trabajo virtuales? A mi entender, las reuniones de trabajo se mencionan específicamente como parte del visado B1, pero no estoy seguro de si se aplica en este caso.

Gracias.

7voto

phoog Puntos 2256

En primer lugar, si tiene un visado B-1/B-2, se le admitirá bien en estatuto B-1, bien en estatuto B-2. Como visitante B-2 "por placer", su capacidad para realizar actividades profesionales será algo menor que como visitante B-1 "por negocios".

En términos generales, no se puede trabajar a distancia desde EE.UU. con estatuto B-1 o B-2, independientemente de quién sea su empleador, aunque le costará encontrar una declaración clara de lo que está permitido y lo que está prohibido. La distinción entre el trabajo a distancia y las actividades permitidas a un visitante de negocios no está del todo clara.

Además, está claro que existe un cierto nivel de actividad profesional incidental que es permisible para un visitante de placer. Nadie espera que interrumpa toda comunicación con su empleador en el momento de cruzar la frontera. Pero si alguien cuya tarea principal es, por ejemplo, escribir mensajes de correo electrónico de asistencia al usuario pasa 40 horas a la semana haciendo eso durante sus vacaciones y de alguna manera acaba en los tribunales, va a ser difícil argumentar que esto fue incidental.

"De alguna manera acaba en los tribunales" apunta a otro aspecto de esta situación: es probable que nadie lo sepa. El obstáculo potencial más probable a este plan no es el gobierno de EE.UU., sino tu empleador, que puede reconocer que también se arriesga a violar la ley estadounidense pagándote por trabajar mientras sabe que estás en EE.UU.. ¿Por qué? Según la legislación fiscal de EE.UU., los ingresos que usted obtiene mientras está en EE.UU. son ingresos procedentes de fuentes estadounidenses. Están sujetos al impuesto federal sobre la renta y a los impuestos sobre la nómina, incluidos los de la Seguridad Social y Medicare, la mitad de los cuales los paga la empresa. También puede haber impuestos estatales. Existe un de minimis excepción, pero aún así tiene que comprobar si la cantidad de trabajo que está realizando entra dentro de esta excepción o no.

No dices por qué vas a EE.UU., pero suponiendo que vayas de vacaciones, mi consejo sería que te las tomaras como es debido. Tómate tiempo libre. Reprograma tus reuniones.

ViajeroSabio.com

ViajeroSabio es una comunidad de viajeros en la que puedes resolver tus problemas y dudas.
Puedes consultar las preguntas de otros viajeros, hacer tus propias preguntas o resolver las de los demás.

Powered by:

X