Actualmente, los sellos de los pasaportes se utilizan para calcular la duración de la estancia autorizada de los nacionales de terceros países. (El 90 días en un periodo de 180 días regla)
El artículo 11 del Código de fronteras Schengen no no lista permiso de residencia exentos de la obligación de sellar el pasaporte.
Desde la norma de los 90 días no se aplican en el país de residencia, los sellos de los pasaportes no tienen ninguna utilidad práctica como prueba de que el nacional del tercer país ha rebasado su estancia fuera de su país de residencia.
Dado que estaba previsto modificar el Código de Fronteras Schengen con la introducción del Sistema de Entradas y Salidas (SES), que tendría esto en cuenta, no se introdujeron cambios en el Código de Fronteras en 2017.
Algunos países simplemente dejaron de sellar los pasaportes de permiso de residencia titulares de tarjetas a la espera de este cambio.
Cuando el Sistema de Entrada/Salida (SES) (prevista ahora para 2024), el registro de entrada y salida se hará electrónicamente y se suprimirán los sellos del pasaporte.
El artículo 2 (3) del REGLAMENTO (UE) 2017/2226 (Sistema de Entradas y Salidas (SES)) contiene una lista de personas que estarán exentas del registro de sus entradas y salidas.
Entre ellas permiso de residencia titulares de una tarjeta y personas con un visado de larga duración.