Hace poco volé de HND a MAD en dos vuelos, uno de HND a FCO (que no sufrió retraso) y otro de FCO a MAD (que se canceló y la compañía aérea proporcionó un vuelo alternativo al día siguiente, más de 10 horas después). Compré ambos vuelos juntos como un viaje de Tokio a Madrid. La compañía aérea es Ita Airways. Soy ciudadano de la UE y vivo fuera de ella (en Suiza). Por lo que sé, el retraso no se debió a circunstancias extraordinarias (el motivo del retraso no se especificaba en el correo electrónico que recibí). ¿A qué indemnización tengo derecho?
Después de leer https://europa.eu/youreurope/citizens/travel/passenger-rights/air/index_en.htm#compensation-delay-1 tengo entendido que el transportista debe compensarme con 600 EUR desde entonces:
- El retraso a la llegada fue de más de 3 horas
- La distancia entre HND y MAD es muy superior a 3.500 km.
- El destino (Madrid) está en la UE
- La compañía es una aerolínea de la UE (Ita Airways)
Sin embargo, no estoy seguro de si estoy malinterpretando mis derechos y sólo tengo derecho a 250 EUR porque el vuelo de HND a FCO no se retrasó.