Hemos reservado un vuelo 3F 928 de FlyOne Armenia de París (CDG) a Ereván. Inicialmente estaba previsto que saliera a las 16:50 del 19 de agosto y llegara a las 23:10. Sin embargo, hoy (17 de agosto) a las 10:39 (hora de París) he recibido un correo electrónico informándome de que el vuelo se ha reprogramado para salir a las 20:00 y llegar a las 02:20 del día siguiente.
En primer lugar, ¿tengo derecho a una indemnización con arreglo al artículo 261 del Tratado CE?
Entiendo que, al tratarse de un vuelo desde la UE por una compañía no comunitaria, debería aplicarse el EC261. Sin embargo, no está claro si este cambio de horario constituye un retraso. Técnicamente, no es un retraso, me han avisado con antelación. Al mismo tiempo, es obvio que dos días de antelación no son suficientes (para empezar, yo no elegiría un vuelo que llegara después de medianoche), y si la reprogramación fuera una laguna del EC261, entonces las compañías aéreas nunca retrasarían, sólo reprogramarían, así que espero que cuente como retraso. Además, el texto del EC261 especifica que para reclamar la compensación debemos llegar al aeropuerto a la hora de facturación adecuada, y sería extraño llegar a la hora de facturación original (aunque podemos hacerlo...).
En segundo lugar, si tengo derecho, ¿cómo debo solicitarlo? Evidentemente, empezaré por enviar un correo electrónico a la compañía aérea, pero ésta tiene fama de no responder a los correos electrónicos. ¿Debería presentar una queja ante alguna autoridad francesa?.