En el caso de un retraso mientras se viaja en tren en la UE, uno tiene derecho a una compensación en caso de una llegada retrasada del 25% del precio pagado por un boleto sencillo para retrasos de más de 60 minutos y del 50% cuando el retraso es superior a 120 minutos. En el caso de viajes de negocios donde el boleto de tren es pagado por el empleador y no por el empleado, ¿quién tiene derecho a recibir y conservar esta compensación? ¿El empleador o el empleado? (Salvo acuerdos entre empleador y empleado que indiquen lo contrario.)
En el caso de compensación pagada bajo el Reglamento de la UE 261/2004 por vuelos retrasados, parece ser bastante claro que el pasajero (es decir, el empleado) tiene derecho a compensación y que el reglamento no define los derechos de compensación para el comprador del boleto (es decir, el empleador). ¿Existe una claridad similar en las regulaciones de los derechos de los pasajeros para los viajeros en tren?