Al parecer, es estrictamente ilegal importar computadoras usadas a Uganda, según la Autoridad de Ingresos de Uganda con respecto a las llegadas de pasajeros en el Aeropuerto Internacional de Entebbe:
Los bienes prohibidos son bienes cuya importación no está permitida estrictamente por ninguna ley vigente. Por ejemplo, electrónicos usados como computadoras/portátiles usados, neveras usadas, televisores usados, ropa interior usada, entre otros. Si te encuentran/convicto de importar artículos prohibidos, la pena varía hasta 5 años de prisión o una multa del 50% del valor de los bienes en cuestión y los costos de destrucción.
Esto es inmediatamente preocupante para cualquier persona que viaje con su(s) propia(s) computadora(s), que son por definición usadas, y por lo tanto ilegales prima facie. La URA publicó una entrevista en video (en inglés después de los primeros minutos) que afirma que esta prohibición no se aplica, tanto para visitantes como para residentes que regresan, a equipos que has estado utilizando fuera de Uganda y que estás importando para tu propio uso. Pero no he visto esto por escrito.
(Se me ocurrió que el 99.999% de las llegadas a EBB están introduciendo exitosamente ropa interior usada de contrabando. Pero el caballero en el video mencionó que las computadoras portátiles son un contrabando muy común, así que creo que los umbrales de acción aquí son diferentes.)
Está bien que esta entrevista haga mención informal a una exención para equipos personales, pero cuando estamos hablando de la posible destrucción de las posesiones de uno, la pérdida de herramientas de trabajo esenciales, y/o cargos criminales, se necesita un poco más de certeza aquí. Esto es mucho más oneroso que lo habitual, "si nuestro agente cree que estás tratando de venderlo, entonces te vamos a gravar".
De hecho, la supuesta exención es casi una auto contradicción. La URA categoriza los bienes en "Permitidos", "Restringidos" y "Prohibidos"; las computadoras usadas están "Prohibidas", lo que significa estrictamente no permitidas, no permitidas bajo ciertas condiciones (que serían en su lugar "Restringidas"). Esto es muy confuso y aterrador.
¿Hay algo oficial, por escrito, que aclare que importar tus propias computadoras para tu propio uso no es un crimen?
Y si es así, ¿hay algo oficial, por escrito, y público, que establezca claramente cómo se diferencia el uso personal de la importación ilegal comercial? ¿O es esto puramente a discreción del personal de la URA?
Dada la seriedad, hay algunas especificidades compuestas a considerar:
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Si eres un occidental llevando una computadora antigua, ¿concluirán (por perfilado) que estás tratando de venderla?
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¿Qué pasa si tienes dos o tres tipos diferentes de computadora, para diferentes propósitos? Por ejemplo: (1) un cuaderno pequeño y barato para llevar por ahí, (2) uno mejor para tener en casa para trabajo de desarrollo, y (3) un escritorio en piezas para luego ensamblar, más adecuado para almacenamiento grande, edición de video, etc. Tener equipos superpuestos/redundantes puede, en mi experiencia de viaje real, mejorar la flexibilidad y la resiliencia. ¿Esto atraerá tiempo de cárcel?
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Si además de las computadoras, tienes varios otros dispositivos electrónicos, ¿es tu situación ahora aún más difícil?
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El video de la entrevista menciona en varios lugares la importancia de la prueba de propiedad. ¿Qué pasa si alguien te dio la máquina o de otra manera no tienes el recibo? ¿Ayudaría la familiaridad íntima con la máquina (contraseñas, software instalado, peculiaridades)?
¿Cómo pueden los nómadas digitales y otros que dependen de equipos electrónicos entrar a Uganda sin incurrir en sus leyes?