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Viaje a Rumania solo con visa tipo D de Italia (trabajo) pero mi permiso de residencia aún no ha sido emitido

Estoy en Italia con una visa de trabajo tipo D por dos meses y solicité una tarjeta de permiso de residencia, y estoy esperando el momento para entregar mis documentos.

Dado que mi tarjeta de residencia aún no ha sido emitida, ¿puedo viajar a Rumania solo con una visa de trabajo tipo D (un año)?

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James Skidmore Puntos 13628

Dado que mi tarjeta de residencia aún no ha sido emitida, ¿puedo viajar a Rumania solo con una visa de trabajo tipo D (de un año)?

Sí, una visa tipo D (visa nacional) es una visa de larga duración mencionada en el Artículo 18 del Convenio que implementa el Acuerdo de Schengen.

Junto con una visa tipo C de múltiples entradas (visa Schengen) o un permiso de residencia, le permite hacer tránsito (hasta 5 días) o permanecer en Rumania hasta 90 días en cualquier período de 180 días.


Condiciones en las que los ciudadanos extranjeros pueden hacer tránsito por Rumania y viajar a Rumania sin necesidad de una VISA
Los nacionales de terceros países sujetos a requisitos de visa según el Reglamento (CE) Nº 539/2001, pueden hacer tránsito por Rumania en un período no superior a 5 días y tienen derecho a permanecer en Rumania por un período no superior a 90 días en cualquier período de 180 días sin haber obtenido previamente una visa rumana, si:

  • son titulares de uno de los siguientes documentos emitidos por los Estados miembros de la Unión Europea que aplican el acervo de Schengen en su totalidad (Austria, Bélgica, República Checa, Estonia, Francia, Finlandia, Alemania, Grecia, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, España, Eslovenia, Eslovaquia, Suecia, Hungría, así como Suiza, Islandia, Liechtenstein, Noruega):
    • una visa uniforme, según se define en el Artículo 2(3) del Código de Visados, válida para dos entradas o múltiples entradas;
    • una visa de larga duración, mencionada en el Artículo 18 del Convenio que implementa el Acuerdo de Schengen;
    • un permiso de residencia según se define en el Artículo 2(15) del Reglamento (CE) 562/2006;
  • tienen una visa nacional de corta estancia, una visa nacional de larga estancia o un permiso de residencia válido emitido por Bulgaria, Chipre y Croacia;

Convenio que implementa el Acuerdo de Schengen
Sección 2 Visas de larga duración

Artículo 18

Las visas para estancias superiores a tres meses serán visas nacionales emitidas por una de las Partes Contratantes de conformidad con su legislación nacional. Dichas visas permitirán a sus titulares hacer tránsito por los territorios de las otras Partes Contratantes para llegar al territorio de la Parte Contratante que emitió la visa, a menos que no cumplan las condiciones de entrada establecidas en el Artículo 5(1)(a), (d) y (e) o figuren en la lista nacional de alertas de la Parte Contratante cuyo territorio pretenden transitar.


Fuentes:

ViajeroSabio.com

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