En primer lugar, probablemente vale la pena señalar que la mayoría de sus preocupaciones no están justificadas:
- El operador que ve el resultado del escaneo no puede verte, y tu rostro debe estar borroso, por lo que no pueden establecer el vínculo entre lo que podrían ver y tú. Por lo tanto, no hay problemas de privacidad.
- Los escáneres de ondas milimétricas no generan radiación ionizante, por lo que su efecto en el cuerpo humano es extremadamente limitado: siempre y cuando tu cuerpo pueda evacuar el calor generado (que es muy, muy pequeño, menos de lo que generan tus músculos), no hay efectos a largo plazo (a diferencia de la radiación ionizante que se acumula con el tiempo). Ten en cuenta que esto es diferente para los escáneres de rayos X por retrodispersión, pero esos no se utilizan en Francia.
También ten en cuenta que algunos modelos de escáneres (como los que se utilizan actualmente en los EE. UU.) ni siquiera muestran la exploración real al operador, sino solo una forma corporal estándar y zonas específicas que requieren una inspección adicional. No sé si ese es el caso de los escáneres que se utilizan en CDG.
Aun así, la ley dice:
III. El control de una persona se puede realizar, con su consentimiento, mediante un dispositivo de imagen que utiliza ondas milimétricas en las condiciones previstas en el II. En caso de negativa, la persona está sujeta a otro dispositivo de control.
El análisis de las imágenes visualizadas es realizado por operadores que desconocen la identidad de la persona y que no pueden ver simultáneamente a la persona y su imagen producida por el dispositivo de imagen que utiliza ondas milimétricas. La imagen producida por el dispositivo de imagen que utiliza ondas milimétricas debe incluir un sistema que desenfoca la visualización del rostro. No se permite el almacenamiento o la grabación de imágenes.
Un decreto conjunto del ministro encargado de la aviación civil y del ministro del Interior determina los aeropuertos en los que se autoriza el uso de control por dispositivo de imagen que utiliza ondas milimétricas.
(Énfasis mío).
Traducción de Google (con ediciones menores y énfasis añadido):
III. El escaneo de una persona puede realizarse, con su consentimiento, mediante un dispositivo de imagen que utiliza ondas milimétricas en las condiciones previstas en el II. En caso de negativa, la persona está sujeta a otro sistema de control.
El análisis de las imágenes mostradas es realizado por operadores que desconocen la identidad de la persona y no pueden ver simultáneamente a la persona y su imagen producida por el dispositivo de imagen que utiliza ondas milimétricas. La imagen producida por el dispositivo de imagen que utiliza ondas milimétricas debe incluir un sistema que desenfoca la visualización del rostro. No se permite el almacenamiento o la grabación de imágenes.
Un decreto conjunto del Ministro de Aviación Civil y del Ministro del Interior determina los aeropuertos en los que está autorizado el uso del control por medio de dispositivo de imagen que utiliza ondas milimétricas.
Así que tienes absolutamente el derecho de rechazar el uso del escáner, aunque debes estar preparado para un escrutinio minucioso a través de otros medios.
El uso de escáneres corporales sigue siendo relativamente limitado en los aeropuertos franceses, por lo que es posible que ni siquiera te veas obligado a elegir.