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¿Puedo solicitar un margen de maniobra en la fecha de caducidad de mi visa de tránsito del aeropuerto de Schengen?

Volando del Reino Unido > Frankfurt > Holguín en enero de 2025 con Lufthansa/Condor. El viaje será una sola reserva con un único PNR, y el viajero necesita una visa de tránsito aeroportuario para Alemania.

Teniendo en cuenta la posibilidad de que la aerolínea retrase o cancele una o ambas etapas de vuelo debido al mal tiempo en esa época del año, ¿permiten las normas de visa Schengen que la Embajada emita una visa con, por ejemplo, una semana de margen en la fecha de vuelta?

Por ejemplo:

  • vuelo de ida al Reino Unido el 11 de diciembre de 2024
  • vuelo de regreso a Cuba reservado para el 26 de enero de 2025.

¿Es querer cierta flexibilidad en el vuelo de regreso en caso de necesidad un motivo creíble para solicitar una visa de tránsito aeroportuario válida del 11 de diciembre de 2024 al 2 de febrero de 2025?

En caso de que esto marque la diferencia, el viajero tiene una visa de visitante del Reino Unido de entrada múltiple usada de 2 años que vence el 2 de febrero de 2025. Anteriormente había tenido una visa de tránsito aeroportuario alemana, sin embargo, en esa ocasión las fechas de visa que solicitamos coincidían con las fechas de vuelo reservadas.

La intención para su visita de diciembre de 2024 es mantenerse en las fechas de vuelo reservadas. Hay tres vuelos adicionales del Reino Unido>FRA>HOG entre el 27 de enero y el 2 de febrero de 2025, por lo que el margen solo sería para evitar un escenario muy estresante de intentar obtener una nueva visa de tránsito desde el Reino Unido en una semana (antes de que expire su visa del Reino Unido) si lo peor sucede.

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jjb Puntos 606

Se puede aplicar un período de gracia de 15 días a menos que la validez del documento de viaje (3 meses después de la expiración de la visa) no lo permita.

Código de Visas de Schengen § 26 (Emisión de visa de tránsito aeroportuario) establece

  1. Sin perjuicio del Artículo 12(a), el período de validez de la visa incluirá un "período de gracia" adicional de 15 días.

Los Estados miembros pueden decidir no otorgar dicho período de gracia por razones de política pública o debido a las relaciones internacionales de cualquiera de los Estados miembros.

  1. Sin perjuicio del Artículo 12(a), se pueden expedir visas de tránsito aeroportuario múltiples con un período de validez de hasta seis meses.

El Artículo 12(a) establece

(a) su validez se extenderá al menos tres meses después de la fecha prevista de salida del territorio de los Estados miembros o, en caso de varias visitas, después de la última fecha prevista de salida del territorio de los Estados miembros. Sin embargo, en un caso justificado de emergencia, esta obligación puede ser eximida;

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