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Viajar en Schengen con la tarjeta de residencia de Portugal mientras el pasaporte de los Estados Unidos tiene menos de 6 meses de validez restante

Estamos contemplando un crucero con Norwegian Cruise Line que es completamente en el área de Schengen (Grecia, Malta, España, Portugal), que termina el 6 de octubre de 2024. Mi esposa tiene un pasaporte de EE. UU. que vence el 18 de marzo de 2025, que es menos de 6 meses antes de que termine el crucero. Mi esposa y yo vivimos en el área Schengen, en Portugal, y ella tiene una tarjeta de residencia de Portugal válida hasta 2026. Volaríamos de Portugal a Grecia alrededor del 19 de septiembre de 2024, y crucerizaríamos desde Grecia de regreso a Portugal. Dado que ella ya está en el área de Schengen y tiene una tarjeta de residencia de Portugal, ¿puede serle negada la entrada o el embarque basado en que su pasaporte estadounidense tiene menos de 6 meses de validez restante?

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phoog Puntos 2256

Las restricciones del Código de Fronteras de Schengen para nacionales de terceros países no se aplican a tu esposa si eres ciudadano de la UE, de un país del EEE o de Suiza. Consulta el artículo 2, puntos (5) y (6), del Código de Fronteras de Schengen:

  1. ‘personas que disfrutan del derecho de libre circulación en virtud del derecho de la Unión’ comprende:

(a) ciudadanos de la Unión en el sentido del artículo 20(1) TFUE, y nacionales de terceros países que son familiares de un ciudadano de la Unión que ejerce su derecho de libre circulación al que se aplica la Directiva 2004/38/CE del Parlamento Europeo y del Consejo ( 1 );

(b) nacionales de terceros países y sus familiares, cualquiera que sea su nacionalidad, que, en virtud de acuerdos entre la Unión y sus Estados miembros, por un lado, y esos terceros países, por otro, disfrutan de derechos de libre circulación equivalentes a los de los ciudadanos de la Unión;

  1. 'nacional de un tercer país' significa toda persona que no es un ciudadano de la Unión en el sentido del artículo 20(1) TFUE y que no está cubierta por el punto 5 de este artículo;

(5(a) cubre a los ciudadanos de la UE y a sus familiares; 5(b) cubre a ciudadanos del EEE y de Suiza, así como a sus familiares, donde en ambos casos "familiares" se limita a la definición establecida en la directiva 2004/38/CE, que incluye a cónyuges.)

Si no eres ciudadano de la UE, del EEE o de Suiza, el Código de Fronteras de Schengen sí se aplica y requiere que el pasaporte de ella sea válido por tres meses (no seis) más allá de su salida del área Schengen (sin contar Portugal). Consulta el artículo 6(1)(a)(i):

  1. Para las estancias previstas en el territorio de los Estados miembros de una duración de no más de 90 días en cualquier período de 180 días, se considera el período de 180 días anterior a cada día de estancia, las condiciones de entrada para los nacionales de terceros países serán las siguientes:

(a) deben estar en posesión de un documento de viaje válido que autorice al titular a cruzar la frontera, cumpliendo los siguientes criterios:

(i) su validez se extenderá al menos tres meses después de la fecha prevista de salida del territorio de los Estados miembros. En un caso justificado de emergencia, esta obligación puede ser dispensada;

(ii) debe haber sido emitido en los últimos 10 años;

Pero este artículo está escrito pensando en visitantes. No siempre está claro cómo se aplica a los residentes. En la práctica, el derecho de tránsito establecido en 6(5)(a) significa que es poco probable que los inspectores fronterizos presten atención al vencimiento del pasaporte dado que ella vive en el área Schengen:

  1. Por derogación del apartado 1:

(a) se autorizará a los nacionales de terceros países que no cumplan todas las condiciones establecidas en el apartado 1 pero que posean un permiso de residencia o un visado de larga duración a entrar en el territorio de otros Estados miembros con fines de tránsito para que puedan llegar al territorio del Estado miembro que expidió el permiso de residencia o el visado de larga duración, a menos que sus nombres figuren en la lista nacional de alertas del Estado miembro cuyas fronteras exteriores están tratando de cruzar y la alerta vaya acompañada de instrucciones para denegar la entrada o el tránsito;

Sin embargo, he echado un vistazo al sitio web de Norwegian y a la empresa de información de visados a la que remite a los viajeros, y ambos contienen mucha información desactualizada o simplemente incorrecta. Por ejemplo, a alguien en la situación de tu esposa pero que tenga un pasaporte que normalmente requiere un visado se le dice que necesita un visado para visitar Grecia incluso si dice que reside en Portugal, sin preguntarle si tiene un permiso de residencia y sin reconocer que alguien que resida en Portugal debería tener un visado (o un permiso de residencia, que sustituye al visado). Luego intenta venderte una consulta de $250. Y en ningún momento menciona ni pregunta sobre la vigencia del pasaporte. Por lo tanto, es posible que te resulte difícil obtener una respuesta clara.

Si eres ciudadano de la UE/EEE/Suiza, supongo que es menos probable que Norwegian te niegue el embarque, pero es posible que desconozcan la ley. Si puedes, averigua qué oficina de Norwegian es responsable de la política que guía al trabajador que efectivamente toma la decisión cuando llegas al crucero, y obtén una declaración por escrito de su política con respecto a los viajeros en la situación de tu esposa. Esto puede ser difícil de hacer; por ejemplo, las empresas a menudo evitan comprometerse por precaución, porque los hechos podrían cambiar, o podría surgir algo no relacionado que les haga cambiar de opinión. Si no puedes obtener tranquilidad de Norwegian, considera renovar su pasaporte temprano.

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