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ESTA visa después de 90 días

Actualmente estoy en una visa ESTA y me quedan 3 semanas. Estoy planeando ir de vacaciones a Aruba (Sudamérica) por 5 días y regresar a los Estados Unidos. ¿Se renovarán mis 90 días de ESTA? Si no es así, ¿cómo puedo hacer que se renueven los 90 días?

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Kumar Puntos 21

Los viajes cortos a islas del Caribe, incluyendo Aruba, generalmente no reinician el reloj del programa de exención de visa, por lo que puedes esperar ser readmitido a los EE. UU. solo hasta la fecha especificada en tu admisión original.

Para solicitar una nueva admisión y un nuevo período de 90 días, debes viajar más allá de Canadá, México o las "Islas Adyacentes" (a menos que seas residente de uno de esos lugares). Ten en cuenta que la readmisión no está garantizada. Si bien no hay una regla fija sobre cuánto tiempo debes esperar antes de reingresar a los EE. UU. después de salir, el consejo general es que debes pasar al menos más tiempo fuera de los EE. UU. que dentro de él para tener la mejor oportunidad de éxito.

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phoog Puntos 2256

Si planeas pasar más de un par de semanas en los EE. UU. después de una estancia de aproximadamente 10 semanas y un viaje de 5 días a Aruba, sería mejor que solicitaras una visa B-2, pero el consulado de los EE. UU. para Aruba se encuentra en Willemstad, Curazao, y el tiempo de espera actual para una cita para nuevos solicitantes de visa B es de 40 días (obtén la información más reciente del Departamento de Estado de los EE. UU. en Tiempos de Espera para Citas de Visa), por lo que esa no es una opción en este momento.

Si planeas regresar por solo un par de semanas, pero tu fecha de salida deseada es después del fin de tu período inicial de 90 días, puedes pedirle al oficial de inmigración que te conceda un nuevo período de admisión. Si planeas quedarte más de una o dos semanas, considero que tendrías muy pocas posibilidades de éxito.

Si deseas pasar más de la mitad de tu tiempo en los EE. UU. como visitante, en algún momento tendrás que lidiar con el hecho de que serás residente fiscal de los EE. UU. bajo su código de ingresos internos (aunque seas un visitante no inmigrante según la ley de inmigración). El umbral usual es, creo, de 183 días al año siempre y cuando tengas una "conexión más cercana" con un país extranjero. Si no la tienes, entonces se aplica la prueba de presencia sustancial, que analiza los tres años anteriores y puede resultar en residencia fiscal incluso si has pasado considerablemente menos de la mitad de tu tiempo en los EE. UU.

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