Mi pasaporte británico fue sellado al entrar a Italia el 11 de octubre de 2024, pero al salir de Italia en el mismo aeropuerto el 16 de octubre de 2024, después de los controles automatizados (claramente marcados como de uso de terceros países), el guardia de fronteras me dejó pasar sin sellar la salida. ¿Es probable que esto sea un problema en el futuro? En caso afirmativo, ¿cómo puedo hacer para que sellen correctamente mi pasaporte ahora que estoy de vuelta en el Reino Unido?
Respuesta
¿Demasiados anuncios?No podrás conseguir que le pongan el sello. Sin embargo, la falta de un sello solo resulta en una presunción de que has sobrepasado tu estancia, una presunción que puede ser refutada con otras pruebas. La posibilidad de que esto realmente cause un problema es bastante pequeña, pero podrías reducirla aún más manteniendo junto con tu pasaporte cualquier prueba que tengas de tu salida del área Schengen o tu entrada al Reino Unido (o a cualquier otro lugar al que hayas volado el 16 de octubre). Si quieres estar realmente bien organizado al respecto, puedes escribir un breve relato de tu experiencia con los controles electrónicos y mantenerlo junto con tus pruebas.
Este es el artículo relevante del Código de Fronteras Schengen tal como está actualmente el 21 de octubre de 2024:
Artículo 12
Presunción en cuanto al cumplimiento de las condiciones de duración de la estancia corta
Sin perjuicio del Artículo 12a, si no se ha creado un archivo individual en el EES para un nacional de un tercer país presente en el territorio de un Estado miembro o el registro de entrada/salida de ese nacional de un tercer país no contiene una fecha de salida posterior a la fecha de vencimiento de la duración de estancia autorizada, las autoridades competentes pueden presumir que dicho nacional de un tercer país no cumple, o deja de cumplir, las condiciones de duración de estancia autorizada en el territorio de los Estados miembros.
La presunción a la que se refiere el párrafo 1 de este Artículo no se aplicará a un nacional de un tercer país que pueda proporcionar, de cualquier manera, pruebas creíbles de que disfruta del derecho de libre circulación en virtud del derecho de la Unión o que posee un permiso de residencia o un visado de larga duración. Cuando sea pertinente, se aplicará el Artículo 35 del Reglamento (UE) 2017/2226.
La presunción a la que se refiere el párrafo 1 puede ser refutada cuando el nacional de un tercer país proporcione, de cualquier manera, pruebas creíbles, como boletos de transporte o constancia de presencia fuera del territorio de los Estados miembros o de la fecha de vencimiento de un permiso de residencia previo o un visado de larga duración, de que ha respetado las condiciones relacionadas con la duración de una estancia corta. En caso de una refutación, las autoridades competentes crearán un archivo individual en el EES si es necesario o indicarán en el EES la fecha en la que, y el lugar donde, el nacional del tercer país cruzó la frontera exterior de uno de los Estados miembros o la frontera interna de un Estado miembro que aún no aplica plenamente el acervo de Schengen pero que opera el EES de acuerdo con el Artículo 20 del Reglamento (UE) 2017/2226.
Si la presunción a la que se refiere el párrafo 1 no es refutada, un nacional de un tercer país presente en el territorio de los Estados miembros puede ser devuelto de acuerdo con la Directiva 2008/115/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (*5). Un nacional de un tercer país que disfrute del derecho de libre circulación en virtud del derecho de la Unión solo puede ser devuelto de acuerdo con la Directiva 2004/38/CE.
El Artículo 12a aborda los detalles de transición para la próxima implementación del sistema electrónico de entrada y salida, EES.
Como se menciona en los comentarios, esto no se aplica a Irlanda, que ha optado por salir del área Schengen y de las disposiciones relacionadas (en contraste, varias disposiciones del Código de Fronteras Schengen y del Código de Visados Schengen sí se aplican a otros Estados miembros no pertenecientes a Schengen, por ejemplo la lista de nacionalidades exentas de visado).