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Salir de la región Schengen para restablecer 90 días

Tengo un amigo que afirma que se puede salir del espacio Schengen durante 1 noche, y volver a entrar, para restablecer los 90 días. Por ejemplo, un australiano podría entrar en Europa y luego ir un par de noches de vacaciones a Marruecos, Andorra o Londres (cualquier lugar fuera de Schengen), y luego volver a París y tener el pasaporte sellado para otra estancia de 90 días en Europa. Lo juran y dicen que conocen a gente que lo hace desde hace años. Según tengo entendido, y reconozco que sólo lo he leído en Internet y no lo he vivido en el mundo real, sólo podíamos pasar 90 de los 180 días en la región Schengen.

También he oído a otras personas decir que no, que no se puede hacer eso y que si te pillan sobrepasando la estancia te pueden prohibir volver a entrar en la región schengen durante 5 años. Sin embargo, he oído historias similares de otras personas sobre la salida por una noche, lo que me hace pensar que hay algo en esta historia, incluso si se trata de una laguna o una zona gris legal (por ejemplo, tal vez la persona que comprueba en la frontera cuando se vuelve a entrar tiene que notar un sello anterior en su pasaporte).

Entonces, ¿cuáles son las verdaderas normas y hechos sobre la estancia de los turistas en la región de Schengen en estos acuerdos de exención de visado?

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kaybenleroll Puntos 4086

Esto se explica razonablemente bien en el Artículo de Wikipedia . Puede permanecer en el espacio Schengen hasta 90 días en un periodo de 180 días con un visado de corta duración o con una exención de visado según su nacionalidad. Más allá de eso, necesita un visado de larga duración.

Hay un giro: los periodos de 180 días se cuentan a partir de la fecha de su primera entrada en Schengen, repitiéndose así cada 6 meses. Así, si llegas a Schengen el 1 de enero y sales el 30 de marzo, no puedes volver a entrar hasta el 1 de julio, pero si pasas un día el 1 de enero y vuelves el 2 de abril, puedes salir el 30 de junio y volver el 1 de julio para quedarte hasta el 30 de septiembre. En cierto sentido, puedes hacer una carrera de visados, pero sólo si transcurre exactamente el número de días desde tu primera entrada en Schengen.

Más concretamente, la norma es el artículo 11 del Convenio de Schengen :

El visado previsto en el artículo 10 puede ser:
(a) un visado de viaje válido para una o más entradas, siempre que ni la duración de una visita continua ni la duración total de las visitas sucesivas sea superior a tres meses en cualquier semestre, a partir de la fecha de la primera entrada;
b) un visado de tránsito que autorice a su titular a atravesar el territorio de las Partes Contratantes una, dos o, excepcionalmente, varias veces para dirigirse al territorio de un tercer Estado, siempre que ningún tránsito sea superior a cinco días.

El artículo 10 introduce el visado Schengen de corta duración mutuamente reconocido, que puede ser válido hasta tres meses.

Por lo tanto, la respuesta es no: no puede hacer un trámite de visado para Schengen. Su pasaporte será sellado y su nombre será introducido en una base de datos, por lo que si lo intenta tiene muchas posibilidades de ser detectado. Puede que tengas suerte, pero también puede que te multen y te prohíban entrar en el espacio Schengen durante varios años.

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