He podido embarcar en un vuelo de Suiza a los Países Bajos con un carné de conducir de un tercer país y un seguro médico y tarjetas bancarias holandesas. No lo tenía previsto y me acerqué al mostrador de la puerta de embarque en cuanto me di cuenta de que había perdido el DNI (al tratarse de un vuelo intra-Schengen, no tuve que mostrarlo antes) y, tras una discusión entre todos los empleados presentes y una llamada telefónica a un supervisor, decidieron dejarme pasar con la advertencia de que "no se harían responsables si me metía en problemas al otro lado". Es sólo una anécdota pero demuestra que
- una licencia de conducir es no aceptada de forma rutinaria por todas las compañías aéreas, ya que intentar utilizarla creaba un gran revuelo (tampoco recuerdo haber presenciado nunca a nadie mostrando otra cosa que no fuera una tarjeta de plástico con aspecto de documento nacional de identidad o una libreta parecida a un pasaporte)
- todavía puedes tener suerte a veces (lo que estoy bastante seguro de que no ocurriría en un vuelo fuera de la UE o incluso al Reino Unido).
Como no hay control de pasaportes a la llegada, volví a casa sin problemas. Nunca me han pedido el DNI en el destino después de los muchos vuelos intra-Schengen que he tomado en los últimos años. Pero eso no implica que todo el mundo que esté en la zona tenga derecho a cruzar las fronteras o que las compañías aéreas tengan que dejarte embarcar si no tienes un documento nacional de identidad o de viaje.
No sé si el personal de la aerolínea o del servicio de asistencia en tierra se preocupa en general por la situación de tu visado o si podrían ser considerados responsables de alguna manera en el improbable caso de que las autoridades se percaten de que llevaban a alguien que no tenía derecho a entrar en el país de destino (como puede ocurrir con otros vuelos internacionales). Nunca me he dado cuenta de que nadie mire otra página que no sea la del DNI en los pasaportes, pero obviamente eso no es una prueba muy sólida.
Lo más importante es que los he leído muchas veces y no creo que haya ninguna disposición al respecto en el acuerdo de Schengen, el convenio que lo aplica, los reglamentos pertinentes de la UE o el Manual producido por la Comisión. En la medida en que es posible volar sin un documento de identidad o pasaporte nacional, sería debido a las leyes locales, a las normas de las compañías aéreas o a la tolerancia, no es algo que se haya previsto explícitamente como parte importante del proceso de Schengen.
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Estoy seguro de que esto se preguntó, no puedo encontrarlo ahora...
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¿Cuál es su nacionalidad y, si no es de la UE/EEE, su situación de visado?
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Es importante señalar que no hay inmigración (o de emigración) por parte de las "autoridades estatales", estamos hablando de un control de identidad por parte de las compañías aéreas. También hay que comparar esto con los requisitos de documentos de viaje para los vuelos en un país (Schengen u otro).
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Como alemán que viaja todo el tiempo entre Zúrich y Berlín, sólo necesito el DNI si voy a facturar en el aeropuerto. Si utilizo el web checkin, a nadie le interesa ningún documento, sólo la tarjeta de embarque...
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@Gilles ¿Las normas difieren para los ciudadanos de la UE/no de la UE/EEE/no del EEE?
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@Karlson Creo que, como ciudadano de la UE/etc, tienes un derecho fundamental a estar allí, y sólo se te exige que demuestres que tienes ese derecho, siendo un documento oficial el único medio garantizado pero no un requisito absoluto. Mientras que como ciudadano de fuera de la UE/etc, debes poder presentar un documento oficial de viaje.
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@Gilles ¿Debo poder presentar un documento oficial de viaje para demostrar mi situación legal dentro del espacio Schengen o para subir al avión?
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@Karlson: Por lo general, tampoco. Como ya se ha dicho en las respuestas, los requisitos de identificación para el embarque difieren sustancialmente entre las distintas compañías aéreas. La normativa relativa al derecho de residencia de los ciudadanos de la CEE en otros países de la CEE sí no establecen exactamente qué documentos deben o pueden aceptarse como prueba de ciudadanía, lo que da lugar a una gran variedad nacional en la aplicación y el cumplimiento práctico. Ya que parece usted confundido, quizá convenga señalar que el derecho a la libre circulación entre los países de la CEE para sus ciudadanos no tiene nada que ver con el acuerdo de Schengen.
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@Tor-EinarJarnbjo He leído las respuestas. Mi pregunta es específica de Schengen porque normalmente no hay procedimientos normales de control fronterizo (a diferencia de Reino Unido <-> Francia por ejemplo) cuando se viaja entre miembros, por lo que una persona independientemente de su ciudadanía que tenga derecho legal a estar presente en cualquier miembro de Schengen puede viajar a cualquier otro miembro de Schengen. Por lo tanto, si esta persona quiere subir al avión podría ser prudente saber cuál es la documentación mínima suficiente para que se le permita subir al avión.
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@Karlson: No, eso está mal. El derecho de residencia en un país Schengen no se extiende necesariamente a todo el espacio Schengen. Pero independientemente de eso: La documentación que hay que poseer y llevar para facturar o embarcar en un vuelo intra-schengen está regulada en las condiciones de las compañías aéreas. Eso ya lo escribí en mi respuesta, y no consigo entender qué es lo que todavía te preguntas.
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@Tor-EinarJarnbjo No me pregunto nada fuera de lo que he preguntado en la pregunta. Me han preguntado por la ciudadanía. Y mi pregunta era si realmente importa o no cuál es la ciudadanía ya que no hay controles fronterizos en las fronteras entre los miembros de un Tratado de Schengen. Esto no tiene nada que ver con una situación de Reino Unido->Francia o viceversa donde hay controles fronterizos y aduaneros. No sé cómo llegamos al derecho de residencia y a la ciudadanía, ya que no se cruza la frontera.
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@Karlson: Y la respuesta a tu pregunta (tal y como la has formulado) es que no hay requisitos oficiales, pero que de todas formas muchas aerolíneas exigen algún tipo de identificación según sus términos y condiciones. Los documentos que se aceptan varían de una aerolínea a otra. Pero esto es sólo un resumen de mi respuesta y ¿todavía hay algo que te parece poco claro?
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@Karlson Pero tú son cruzar una frontera en este escenario, no pienses que los países ya no existen. Hay muchas disposiciones sobre lo que los estados pueden y no pueden hacer y la intención general es facilitar al máximo la circulación, pero la analogía con los vuelos "domésticos" en Estados Unidos no aclara nada.
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Además, algunas personas realmente no tienen derecho a cruzar las fronteras intra-Schengen (por ejemplo, personas que han solicitado un permiso de residencia pero aún no lo han obtenido o con visados de validez territorial limitada), por lo que formalmente la ciudadanía y el estatus podrían marcar la diferencia, independientemente del aspecto de la frontera. Existen amplias normas (como las relativas a los permisos de residencia y los visados de larga duración) que permiten a la mayoría de las personas desplazarse, pero no es cierto que tener derecho a permanecer en un país Schengen implique por sí mismo el derecho a cruzar una frontera con otro país Schengen.
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Por cierto, las normas son totalmente independientes de la existencia de controles fronterizos sistemáticos. En muchos lugares se podía cruzar oficialmente la frontera con Suiza sin ver a ningún agente de la ley o de aduanas mucho antes de Schengen o del acuerdo con la UE, en una época en la que Suiza tenía una política de visados completamente independiente. Simplemente había un cartel que advertía a la gente de que debía asegurarse de que tenía derecho a hacerlo. No hay que pensar que la falta de control fronterizo implica nada respecto a lo que está o no está permitido.
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Si vuela desde Suiza a otro país del espacio Schengen, no habrá ningún control de identidad, aparte de lo que pueda pedir la compañía aérea al facturar. Yo siempre facturo por Internet, así que sólo tengo que ir andando desde el tren hasta la puerta de embarque, y lo único que me piden es escanear mi tarjeta de embarque a la entrada de la zona de salidas. No se requiere ninguna identificación.
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Hay una cosa que se llama PRADO que contiene modelos de todos los documentos que deben ser reconocidos como documentos de identidad válidos emitidos en la UE en toda la UE.
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@FabianBlechschmidt "sólo" su DNI es suficiente para entrar también en los países de la UE no pertenecientes a Schengen, así que no es precisamente una forma mínima de identificación.