Somos indios y vamos a visitar el Reino Unido con visados de corta duración durante unos cinco meses.
¿Podemos solicitar el visado de turista Schengen mientras estamos en Londres?
Somos indios y vamos a visitar el Reino Unido con visados de corta duración durante unos cinco meses.
¿Podemos solicitar el visado de turista Schengen mientras estamos en Londres?
Normalmente No, no podrás solicitar un visado Schengen en el Reino Unido.
La norma general, definida en el artículo 6 de la Código de visado Schengen es que
- La solicitud será examinada y resuelta por el consulado del Estado miembro competente en cuya jurisdicción resida legalmente el solicitante.
Y es evidente que no eres residente en el Reino Unido, por lo que no deberías solicitarlo allí. Sin embargo, el mismo artículo abre otra posibilidad, a saber, que
- Un consulado del Estado miembro competente examinará y decidirá sobre una solicitud presentada por un nacional de un tercer país que se encuentre legalmente pero no resida en su jurisdicción, si el solicitante ha justificado la presentación de la solicitud en dicho consulado.
Si sólo quieres presentarte porque te resulta más cómodo, creo que puedes olvidarte de ello. Aparte de las circunstancias excepcionales, lo único que se me ocurre es argumentar que era demasiado pronto para solicitarlo en la India (se supone que no puedes solicitar un visado Schengen con más de 3 meses de antelación y tienes intención de quedarte 5 meses en el Reino Unido).
Pero incluso si tiene una justificación convincente, la mayoría de los consulados en Londres tienen requisitos más estrictos. Por ejemplo, esto es lo que aparece en la página web del Consulado General de Francia en Londres :
- Su residencia en el Reino Unido debe tener al menos 3 meses de validez después de la fecha prevista de salida del espacio Schengen.
- Según el decreto 2008-1176 del 13 de noviembre de 2008, el Consulado de Francia en Londres no es competente para tramitar las solicitudes de visado de las personas no residentes en el Reino Unido, es decir, los titulares de visados "C-Visit" o de un visado británico con una validez igual o inferior a 6 meses. Las personas no residentes en el Reino Unido deben solicitar sus visados Schengen en el Consulado de Francia de su país de residencia.
Así que, aunque podrían (o tal vez incluso deberían) contemplar la posibilidad de que tengas una buena razón para presentar la solicitud en Londres sin ser residente, es evidente que no son muy amigos de la idea. (No he comprobado los más de 20 consulados de Londres, pero me encontré con un lenguaje similar en al menos media docena de ellos en el pasado).
Además, casi todos los consulados de Schengen en Londres utilizan alguna empresa externa para filtrar las solicitudes de visado. Se limitarán a repasar su lista de comprobación, se darán cuenta de que no tienes el visado para el Reino Unido adecuado y rechazarán tu solicitud (esto significa que se negarán a tramitarla, no cuenta como una denegación y no habrá rastros de ello). El mero hecho de conseguir hablar con un funcionario consular real que conozca las normas y que pueda aceptar examinarla será probablemente una ardua batalla.
Por lo tanto, si es posible, yo presentaría la solicitud en la India (o en su actual país de residencia, si no es la India).
Si no puedes hacerlo y aún así quieres probar suerte en Londres, yo intentaría sacar una copia impresa de las partes pertinentes del reglamento y utilizarla para insistir (con calma pero con firmeza) en que tu solicitud debe ser examinada de todos modos. Además, prepara una breve carta para el propio consulado en la que demuestres que conoces el reglamento (menciona el apartado 2 del artículo 6) y expone tu argumentación.
Esto es enormemente útil. Gracias por tomarse el tiempo de proporcionar información detallada y por sus sugerencias :) A menudo son las opiniones y sugerencias las que marcan la diferencia.
2.8. ¿Puede un consulado aceptar una solicitud de un solicitante que no reside en la jurisdicción del consulado?
Base legal: Código de visados, artículo 6 Por regla general, sólo las solicitudes de personas que residen legalmente en la jurisdicción del consulado competente (como se describe en los puntos 2.1-2.5). No obstante, puede aceptarse una solicitud de una persona que se encuentre legalmente -pero no resida- en en la jurisdicción del consulado donde se presenta la solicitud, si puede justificar por qué la solicitud no puede presentarse en el consulado de su lugar de residencia. Corresponde al consulado apreciar si la justificación presentada por el solicitante es aceptable. "Solicitante no residente": el solicitante que reside en otro lugar pero que se encuentra legalmente dentro de la jurisdicción del consulado donde presenta la solicitud. "Legalmente presente" significa que el solicitante tiene derecho a permanecer temporalmente en la jurisdicción sobre sobre la base de la legislación del tercer país en el que se encuentra, ya sea para una estancia corta o ES 24 ES cuando se le permite permanecer durante un período más largo manteniendo su residencia permanente en otro tercer país. residencia permanente en otro tercer país.
https://ec.europa.eu/home-affairs/sites/homeaffairs/files/policies/borders/docs/c_2010_1620_en.pdf
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@Phil A la otra pregunta se le escaparon detalles críticos (por eso no la contesté en su momento). Creo que es mejor mantener esta y cerrar la otra.
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@Relaxed, por mí está bien. Creo que has contestado y he marcado más o menos al mismo tiempo.