En general, debe reutilizar su visado expedido en los Países Bajos hasta que caduque. Sin embargo, hay que tener en cuenta algunos factores.
En primer lugar, ¿es válido el visado? Su viaje a España debe finalizar en la fecha de caducidad del visado o antes. Es decir, no podrá permanecer en el espacio Schengen en esa fecha o después. Además, como ya ha utilizado el visado una vez, debe ser válido para dos entradas o para entradas múltiples. Esto se indicará en la etiqueta del visado con el número "2" o la abreviatura "MULT" (donde un visado de una sola entrada mostrará "1").
En segundo lugar, ¿el objeto de su viaje a España está permitido por el visado? La respuesta a esta pregunta probablemente sea "sí", pero si no es así deberá obtener otro tipo de visado que autorice el viaje para el propósito que usted pretende. Esto no parece aplicarse a los visitantes de negocios que reutilizan un visado de entradas múltiples que se expidió originalmente para un viaje turístico, o viceversa, pero no puedo encontrar nada autorizado para responder a esta pregunta en un sentido u otro.
En tercer lugar, ¿ha pasado suficiente tiempo desde su viaje a los Países Bajos? No debe estar más de 90 días en el espacio Schengen en un periodo de 180 días, incluidos el día de llegada y el día de salida. Esto significa que, si en un día cualquiera, se considera ese día y los 179 días anteriores, y se cuentan 91 días o más en los que estuvo en el espacio Schengen, está infringiendo la normativa.
Más concretamente, si usted estuvo, por ejemplo, en los Países Bajos entre el 1 y el 30 de abril, un total de 30 días, y vuelve a entrar en el espacio Schengen el 29 de julio o antes, su segundo viaje no puede durar más de 60 días, porque el día 61 serían 179 días o menos después de entrar por primera vez en el espacio Schengen, y el número total de días que estuvo en el espacio Schengen sería 91. Sin embargo, si entra el 30 de julio o después, su segundo viaje podría durar 90 días.
La regla 90/180 solía calcularse de forma diferente, por lo que es posible que encuentres explicaciones contradictorias en Internet. Aquí encontrará una calculadora oficial de la duración de la estancia:
http://ec.europa.eu/dgs/home-affairs/what-we-do/policies/borders-and-visas/border-crossing/index_en.htm
Para encontrar la calculadora, en el momento de escribir esto, busque el tercer párrafo del cuerpo principal del texto y, en la primera frase, haga clic en el texto hipervinculado "calculadora de estancias cortas". No encuentro un enlace que abra la calculadora directamente.
Por último, siempre tendrá que cumplir las condiciones generales de entrada y convencer al funcionario de fronteras de que las cumple:
- Debe poder explicar por qué desea entrar en el espacio Schengen y demostrar las condiciones de su estancia. También debe poder demostrar que dispone de medios económicos suficientes para la duración de la estancia y para su regreso;
- No debe ser considerado una amenaza para el orden público, la seguridad interior, la salud pública o las relaciones internacionales de ninguno de los países del espacio Schengen;
- No debe estar inscrito como no admisible en el Sistema de Información de Schengen.
La lista anterior está extraída de http://ec.europa.eu/immigration/do-i-need-a-visa/do-i-need-a-short-stay-visa_en#TheSchengenarea